La acción fue sometida por Rafael Bienvenido Pércival Peña, el 7 de julio del 2014.
La decisión del organismos está contenida en la sentencia firmada por los magistrados Mariano Rodríguez, presidente, Mabel Féliz, José Manuel Hernández Peguero, Marino Mendoza y Jorge Suncar, este último en calidad de suplente del magistrado John Guiliani.
Los jueces del TSE también se declararon incompetentes para conocer la solicitud de medidas cautelares hecha por Pércival Peña contra esas mismas disposiciones del reglamento de la convención del PRD.
El alto organismo estableció que la jurisdicción competente para conocer y decidir sobre esa demanda es el Tribunal Constitucional (TC).
Mediante la sentencia 039-2014 leída este martes en audiencia pública, el TSE ordenó que el expediente sea remitido vía secretaría al Constitucional para los fines correspondientes.