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Condenan a 30 años a dos hombres asesinaron a balazos joven en Capotillo

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SANTO DOMINGO.- En respuesta a la solicitud del Ministerio Público, un tribunal dictó 30 años de prisión a dos hombres que asesinaron a balazos a un joven en el sector Capotillo.

Julio César Sabater Pacheco (Carlos Blusa) y Edwin Antonio Encarnación (Polón) fueron condenados por el asesinado de Emmanuel Uribe Cruceta.

El Ministerio Público, representado por las fiscales Cyntia Bonetty y Carlenny Camilo, sustentó su acusación con pruebas testimoniales, documentales, periciales, audiovisuales e ilustrativas que fueron valoradas por las juezas Arlín Ventura, Leticia Martínez y Milagros Ramírez, quienes ordenaron que los condenados cumplan la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.

La investigación, realizada por el procurador fiscal Jhon Richard Suncar Castillo, arrojó que los hechos ocurrieron la madrugada del 2 de junio de 2024, alrededor de las 3:40 de la madrugada, en la intersección de las calles Isabela con Respaldo Isabela, en Capotillo.

Aproximadamente una hora antes del crimen, a las 2:00 a. m., Emmanuel Uribe Cruceta, conocido como Manuel, había tenido una discusión con Edwin Encarnación por el despojo de una cadena.

Luego del altercado, Encarnación se retiró a bordo de un vehículo blanco junto a otras personas. Más tarde, regresó con Julio César Sabater Pacheco y otros individuos armados, localizaron a la víctima y, sin mediar palabras, le dispararon en múltiples ocasiones, ocasionándole la muerte.

El informe del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) determinó que la causa de muerte fue una hemorragia externa por laceración de la arteria carótida derecha, provocada por herida de arma de fuego. La investigación fue fortalecida por imágenes captadas por cámaras de seguridad, entregadas voluntariamente por un residente del sector, y por el reconocimiento fotográfico en el que una testigo identificó a Encarnación como uno de los tiradores.

La conducta de los condenados constituye el tipo penal de «asesinato» y «uso y porte ilegal de arma de fuego», tipificados y sancionados en los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano, que sancionan la asociación de malhechores para cometer delitos, y en los artículos 295, 296 y 302 del mismo Código, que penalizan el homicidio voluntario agravado por premeditación y alevosía.

Además, se encuentran en infracción a los artículos 66, 66-V y 67 de la Ley 631-16 sobre el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, que sancionan el porte y uso ilegal de armas de fuego.