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Tribunal ordena prisión contra cabecillas de estructura del microtráfico

SANTIAGO.- El juez José Rafael D’ Asís, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, validó y acogió la solicitud de la Fiscalía de Santiago e impuso la prisión preventiva en contra de los cabecillas de la estructura del microtráfico que operaba en el municipio Villa Bisonó (Navarrete), y a la que, en medio de una operación interagencial, este órgano persecutor impactó y le incautó drogas, dinero en efectivo, chalecos antibalas, armas y municiones.  

El tribunal que, además, declaró el proceso de tramitación compleja, ponderó de la investigación, el hecho de que define los roles que jugaban cada uno de los imputados en la estructura del microtráfico.  

La prisión preventiva se ordenó contra siete de los nueve imputados, en tanto que a dos de ellos les fueron impuestas garantías económicas, con impedimento a salir del país y la obligatoriedad de presentarse periódicamente ante el órgano investigador.  

En contra de Ricardo Diloné Sosa (el Amarillo) y de su esposa y socia en la organización, Eliana Magdeline Francisco Núñez (Madelin), a quienes se le imputa dirigir la estructura en calidad de patrocinadores, el tribunal le impuso la prisión preventiva durante 12 meses.  

También, fueron enviados a prisión preventiva los tres miembros de la Policía Nacional, Starlin Álvarez Álvarez, Jerison Morel Arias y Robinson Contreras Sisnero. Estos cumplirán la medida durante seis meses en el Complejo Correccional de Batey Bienvenido de Manoguayabo, en Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo. 

Igualmente, contra Willi Manuel Rivas (Willi) y Arístides de Jesús Castillo Fernández se ordenó la privación de libertad durante tres meses.  

Entre tanto, el juzgador impuso tres tipos de medidas contra Anthony Morel Rodríguez y Antonio Morel Peralta (Ramón), a quienes impuso la presentación de una garantía económica por un monto de $20,000 mil pesos en efectivo, prohibición a salir del país y presentarse el último viernes de cada mes ante el órgano acusador.  

En su motivación de la medida, el juzgador se expresó respecto de la vinculación de los miembros de la Policía Nacional a este grupo criminal, al establecer que están llamados a proteger a la sociedad y no a brindar protección a quienes están implicados en este tipo de acciones que ellos están llamados a combatir.  

En la lectura de la medida de coerción el Ministerio Público estuvo representado por las fiscales Quirsa Abreu Rodríguez, Juan Elías Pérez y Yeny Liranzo. 

En la investigación la Fiscalía de Santiago constató que la organización, que se empleaba en numerosos crímenes, era «intocable» en Navarrete, un poder que se agenció con la integración a sus filas de los citados miembros del cuerpo del orden y un exmiembro del Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), que protegían sus operaciones y les servían de informantes, a fin de advertirles de las diligencias de investigación que se pudieran desarrollar en su contra, a cambio de dinero y otros favores.  

También, contempla, la investigación preliminar, que los miembros de esta estructura cuentan con un amplio historial delictivo y se especializaban en actividades del microtráfico y tráfico ilegal de armas de fuego y municiones.  

Durante el operativo se procedió con la incautación de cientos de evidencias.  

Para interceptar a los criminales, los más de 30 fiscales que trabajaron en la operación, contaron con el soporte de más de 400 miembros de la Dirección Central de Investigaciones Criminales (Dicrim), de la Policía Nacional, y otra decena de oficiales de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).

Contra los cabecillas de la organización, el Amarillo y Madelin, se presentaron cargos provisionales consistentes en violación a los artículos 4, letra D; 5, letra A; 6, letra A; 8, 28, 29, 34, 58, letras A, B y C; artículos 60 y 75, párrafo II, así como el artículo 85, letra J, de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, en la categoría de patrocinadores.  

En su contra también se formularon cargos por transgredir los articulados 265 y 266 del Código Penal Dominicano que sancionan la asociación de malhechores; así, además, se enfrentan a imputaciones por violación a la Ley 631-16 de Armas, Municiones y Materiales Relacionados y a la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos.  

En cuanto a los imputados Arístides Morel Peralta (Ramón) y los tres miembros del cuerpo del orden, Álvarez, Arias y Sisnero, se presentaron cargos provisionales por violar los artículos 177, 265, y 266 del Código Penal Dominicano, sobre cohecho y asociación de malhechores; también responderán a las imputaciones indilgadas por violación al artículo 71 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, en la categoría de encubridores.  

Adicionalmente, alias Ramón enfrenta cargos por violación a los artículos 5-3, 5-4, 5-5, 30-2, 30-7, 30-8, 30-10, 33-1 y 34, de la Ley 17-19 sobre Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados. También, por transgresión a los artículos 167, 60, 66, 67, 108 y 170 de la Ley 3489 del Régimen de las Aduanas.  

Sobre Anthony Morel Rodríguez, se presentaron cargos provisionales por violación a los artículos 265 y 266 del citado código, que sancionan la asociación de malhechores; así, también, por violar los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre Armas, y la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos.  

En cuanto a Willi Manuel Rivas, este se enfrenta a imputaciones de traficante, por violar los artículos 4, 5, 8, 9, 58, 75, y 85 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas; así como también por violación a los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre Porte y Tenencia de Armas de Fuego, Municiones y Materiales Relacionados. 

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Condenan 30 años de cárcel hombre asesinó otro en Santiago

SANTIAGO, República Dominicana.- El Cuarto Tribunal Colegiado acogió y validó la acusación de la Fiscalía de Santiago y dictó una condena de 30 años de reclusión contra un hombre por el asesinato de otro, ocurrido en julio de 2019.

Además de imponerle la pena máxima, los jueces Acassia Reyes, Rubén Rodríguez e Ingrid Liberato ordenaron que Jorge Félix Mirabal García pague una indemnización de cinco millones de pesos.

El Ministerio Público le imputó a Mirabal García el asesinato de Robert Adrian Colón Martínez, a quien le realizó un disparo en la cabeza.

El expediente detalla que el agresor, que era conocido de la víctima, lo pasó a recoger a bordo de un vehículo y condujo hasta una zona apartada del Reparto Peralta, en la zona sur de Santiago.

En el citado lugar, ambos hombres se bajaron del automóvil y en ese momento Mirabal García le hizo el disparo mortal a Colón Martínez.

El hoy condenado huyó de la escena, pero, fruto de la investigación correspondiente, el Ministerio Público solicitó una orden de arresto en su contra, que se ejecutó el 13 de noviembre de ese año.

El tribunal lo declaró culpable de violación a los artículos 295, 296, 297 y 302 del Código Penal, que tipifica y establece sanciones contra el asesinato.

El fiscal titular de Santiago, Osvaldo Bonilla, valoró la condena como positiva, pues, a pesar de que no evita el dolor de la familia de la víctima, representa una sanción que se corresponde con la gravedad del hecho, en virtud de la normativa penal.

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Tribunal decide general Adán Cáceres, acusado del Caso Coral, siga en prisión

SANTO DOMINGO (República Dominicana).-  El Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional acogió la solicitud del Ministerio Público y dispuso el mantenimiento en prisión preventiva del mayor general Adán Cáceres Silvestre, uno de los acusados de corrupción administrativa del Caso Coral.

El procurador adjunto Wilson Camacho, responsable de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), valoró la ratificación de la coerción, al observar que de ser variada pondría en peligro el desarrollo del proceso que se desprende de la Operación Coral.

“El tribunal la ha mantenido, puesto que variar la medida de coerción a los acusados de Coral y Coral 5G pone en peligro el desarrollo del proceso y así lo ha entendido el tribunal, y es la razón por la que ha mantenido la medida de coerción consistente en prisión preventiva”, dijo Camacho, al ser cuestionado por la prensa.

Al referirse al conteo de los plazos, destacó que en este proceso y en cualquier proceso no puede obedecer, en derecho, a una lógica matemática, sino que tiene que obedecer a la lógica de un plazo razonable. “Ese plazo razonable debe tomar en cuenta la complejidad, el alto grado de complejidad de estos procesos”, apuntó.

“Nosotros esperamos que la dinámica de estos procesos sea entendida en el Poder Judicial y, como hemos dicho en otras ocasiones, que el Poder Judicial se coloque a la altura de las circunstancias”, agregó el procurador adjunto.

En otro orden, al ser cuestionado sobre la insistencia de Jean Alain Rodríguez Sánchez para que la justicia lo ponga en libertad, el titular de la Pepca manifestó que ese procesado teme a la acusación. “Le tiene miedo a la acusación; de hecho, le tiene pánico a la acusación”, advirtió.

“Él sabe que de esa acusación no tiene escapatoria y esa es la razón por la que reacciona así en este momento del proceso”, añadió. “Esa es una acusación que cumple con los criterios objetivos para ir a juicio y que yendo a juicio él no tiene escapatoria y deberá terminar con una sentencia condenatoria. A eso pretende huir Jean Alain Rodríguez Sánchez”, dijo.

Camacho encabezó el equipo de litigación que representó al Ministerio Público en la audiencia del Caso Coral y que estuvo integrado además por Mirna Ortiz, Miguel Collado y Arolin Lemos.

La audiencia, por razones de espacio, fue celebrada en la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

El 15 de septiembre pasado la jueza Yanibet Rivas, durante la revisión obligatoria de las medidas de coerción, ratificó la prisión preventiva a Rossy Guzmán Sánchez (La Pastora), al cabo policial Tanner Antonio Flete Guzmán (hijo de la religiosa), y al coronel policial Rafael Núñez de Aza, del Caso Coral.

También, fue confirmada la prisión a los generales Boanerges Reyes Batista (ARD) y Julio Camilo de los Santos Viola (FARD), así como al capitán de navío ARD, Franklin Mata Flores, y José Manuel Rosario Pirón, acusados del Caso Coral 5G.

El grupo cumple prisión preventiva en los centros de corrección y rehabilitación Najayo Hombres y Mujeres, en San Cristóbal.

Ese mismo día la jueza Rivas aplazó para este 26 de septiembre la audiencia para la revisión de la medida a Adán Cáceres, principal acusado del Caso Coral, luego de que acogiera una solicitud del acusado y sus abogados defensores.

Además, fijó la próxima audiencia de revisión obligatoria de la medida para el 14 de diciembre de este año.

Con las operaciones Coral y Coral 5G el Ministerio Público presentó cargos por corrupción administrativa contra 48 personas, 30 personas físicas y 18 personas jurídicas, imputadas de defraudar al Estado dominicano con más de 4,000 millones de pesos.

El entramado de corrupción operó en el Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep), el Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur) y el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani).

Entre los imputados de la Operación Coral también figura el sargento de la Armada Alejandro José Montero Cruz, con medida de coerción de garantía económica de 5 millones de pesos, presentación periódica e impedimento de salida del país, así como el mayor del Ejército, Raúl Alejandro Girón Jiménez, quien cumple prisión domiciliaria.

En tanto que por el Caso Coral 5G, derivada de la Operación Coral, también es procesado el general Juan Carlos Torres Robiou (FARD). En este caso también están implicados Carlos Lantigua, Alfredo Pichardo, Erasmo Roger Pérez, Jehohanan Lucía Rodríguez, Yehudy Blandesmil Guzmán y Esmeralda Ortega Polanco.

El pasado 9 de septiembre la magistrada Rivas acogió la solicitud de las defensas y aplazó para el 28 de octubre la audiencia para conocer sobre la fusión de los casos de corrupción administrativa Coral y Coral 5G planteada por el Ministerio Público.

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Condenan 10 años de prisión militar que agredió a otro hombre a machetazos

MONTE PLATA, República Dominicana.-  Un tribunal de este distrito judicial impuso 10 años de prisión a un militar que el año pasado agredió con un arma blanca a un civil con quien había sostenido una riña.

Randy Francisco Fabián Ciprián fue declarado culpable de agredir con un machete a Gustavo Adolfo Solimán, hecho por el que fue enviado a cumplir la pena en el centro de privación de libertad La Victoria, en Santo Domingo Norte, y al pago de las costas penales del proceso.

El expediente detalla que el hecho ocurrió la noche del 28 de marzo de 2021, en momentos en que Adolfo Solimán se encontraba en un encuentro familiar en una vivienda de la comunidad Cara Linda, de Monte Plata.

Señala que al lugar se presentó el militar, quien, sin mediar palabras, arremetió contra la víctima, con quien sostenía una relación de amistad, según se estableció en el proceso.

Luego de ponderar las pruebas aportadas por el órgano acusador, los jueces Hilda Nieves Sánchez Luna, Isaías Ronaldo Martínez Pérez y Johanna Núñez Borgen, del Tribunal Colegiado de Monte Plata, establecieron la responsabilidad del procesado sobre el hecho de sangre, en violación de las disposiciones contenidas en los artículos 309 y 310 del Código Penal.

Según consta en la acusación presentada por los procuradores fiscales José del Carmen García Hernández y Johanna Núñez Borgen, el hoy condenado provocó múltiples heridas a la víctima, además de amputarle el dedo índice de la mano derecha y causarle limitación de movimiento de ambas manos.

En medio del hecho, el militar también lanzó múltiples disparos en diferentes direcciones con su arma de reglamento, con lo que resultó muerto uno de varios caballos que se encontraban en el lugar.

Según declaraciones de testigos, previo al hecho, ambos habían sostenido una riña.

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