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JCE dice no es su facultad decidir quién es miembro o no del CEN del PRD

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1318909775El Pleno de la Junta Central Electoral, expresó que la JCE no está obligada decidir quién es miembro o no del Comité Ejecutivo Nacional de un partido, resaltando que esto es competencia del Tribunal Superior Electoral.

El organismo emitió sus consideraciones en su informe de este martes sobre el acto de alguacil de fecha 19 de julio del 2012 instrumentado por Juan Taveras Hernández y un grupo de perredeístas que reclaman su membrecía del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PRD, quienes solicitaron a la JCE la emisión de una certificación que valide la elección de los mismos.

Sin embargo, el Pleno de la JCE autoriza la entrega de copia certificada del referido documento , sin que esto implique un juicio de valor o una interpretación del mismo, ya que el hecho de establecer que es o no miembro de un organismo o estamento de un partido político, escapa del ámbito de las competencias de la entidad.

Otro de los puntos tratados en su reunión de este martes del Pleno, es el que tiene que ver con la ejecución presupuestaria de la institución que contiene el informe semestral de la ejecución presupuestaria de esa entidad.

Este informe subraya que sobre los ingresos propios se destaca que a partir de febrero, fecha en que fueron puestos en vigencias las nueva tasas de los servicios que ofrece esa institución, hasta el 30 de junio pasado, fueron recaudados más de 579 millones 715 mil pesos, lo que le permitió a la JCE subsistir y evitar su colapso.

SOBRE SOLICITUD DE NO OTORGAR RECURSOS DEL PRD A MVM PORQUE VENCIÓ PRESIDENCIA

El Pleno de la JCE no decidió sobre la notificación que hiciera el grupo del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) que lidera el expresidente Hipólito Mejía en el que se hace constar el “vencimiento” de Miguel Vargas Maldonado como presidente de esa organización política.

Esa notificación hace constar, además, su oposición a que le sean entregados recursos económicos a la facción de Vargas Maldonado u otras personas que no sean los demandantes.

Para no emitir una decisión sobre el tema, el Pleno de la JCE argumentó que ese documento no fue entregado dentro del plazo de 48 horas previo a la celebración de su plenaria para tomar una decisión como establece su reglamento interno.

De inmediato, no se informó la fecha en que el Pleno de ese organismo electoral volverá a reunirse para decidir sobre el acto enviado a la JCE.