Cennect with us

Opiniones

A RAJATABLA

Publicado

en

ORION MEJIAPOR ORIÓN MEJÍA.-

La amnistía es una institución jurídica milenaria, un vocablo de origen griego que significa olvido y por consiguiente, borra la existencia del hecho punible previsto y castigado por la ley penal, pero en ningún caso alcanza a violentar algún precepto constitucional porque el perdón que promueve aparece como figura jurídica en la Carta Magna.
Se ha dicho que es imposible la aprobación de una ley de amnistía que ampare derechos primarios de hijos y de extranjeros indocumentados porque chocaría con la sentencia del Tribunal Constitucional que establece que esos ciudadanos no ostentan la nacionalidad dominicana.
Se alega también que no se requiere una ley de ese tipo porque el fallo del órgano de control constitucional se basta por sí solo, toda vez que ordena a la Dirección de Migración y a la Junta Central Electoral regularizar la situación de esas personas, de conformidad con la ley, pero la Amnistía no vulnera ni suplanta ese mandato.
Hay que señalar que la amnistía se refiere mas al tipo de delito que a los infractores, como muy bien plantea el doctor Hernán Salgado Pesante, quien refiere que esta figura se asocia mas con el ámbito político que con cuestiones humanitarias, por cuanto, más que por el tipo de delito, a la amnistía se acude para afrontar un problema político social.
El juez de control constitucional ya interpreto al Constituyente en cuanto a que los hijos de indocumentados no son dominicanos y también ordeno a los oficiales de la ley a regularizar el escenario de ilegalidad que emerge con esa sentencia, pero un problema que lleva 84 años, no debería abordarse como si se tratara de asunto de simple policía.
En este caso, la amnistía cumpliría con una finalidad política, no jurídica, que sería la de amparar a decenas de miles de personas de origen haitiano, cuyos padres y abuelos se asentaron de manera pacífica, aunque ilegal en suelo dominicano y cuyo estatus actual está afectado por la incertidumbre.
He sido el primer dominicano que postulo la idea de una ley de amnistía para reparar el daño jurídico colateral que causado por una sentencia valiente y previsora, pero es menester señalar que esa sombrilla de amparo a derechos humanos, no entraña otorgar nacionalidad, ni residencia ni nada. La amnistía solo decretaría el derecho de esos ciudadanos a no ser deportados, a la educación, salud, trabajo y cualquier otro precepto inalienable.
Ante el escenario complejo que aflora como resultado del fallo del TC, lo aconsejable seria que el Poder Legislativo apruebe una ley marco a la que puedan acogerse sin mayores complicaciones las personas afectadas, que sería lo mismo que dispuso el juez de control constitucional, solo que la amnistía borra la pena que se aplica esos indocumentados que es la de deportación.
Esa sería también la mejor manera de afrontar la bestial campaña que emprenden contra el gentilicio nacional grandes metrópolis con la complicidad de malos dominicanos.

Publicidad