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INFADOMI considera fallo caso Erec F es un atentado a principios de libre y leal competencia

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descarga (1)La Asociación de Industrias Farmacéuticas Dominicanas, INC. (INFADOMI) expresó públicamente su preocupación ante lo que considera un atentado a los principios de libre y leal competencia, acceso a la salud pública y seguridad jurídica de todo el sector farmacéutico nacional.

Indicaron que las informaciones reproducidas en diversos medios de comunicación en torno a una sentencia de la Suprema Corte de Justicia relativa a la comercialización del producto EREC F (Sildena l), fabricado y distribuido por Laboratorios de Aplicaciones Médicas, S.R.L. (LAM), un miembro de la asociación, pueden constituirse en un retroceso en el debate de un tema ya superado y zanjado a favor de la industria nacional.

Señalaron que el debate sobre la existencia y validez de las llamadas “patentes de con rmación” enfrentó por más de una década al sector farmacéutico nacional y las empresas multinacionales, cuando estas últimas lograron obtener derechos de patentes irregulares aprovechando las debilidades del sistema de patentes vigente en aquel momento.

Destacaron que estas actuaciones afectaron el desarrollo de la industria nacional y a la población dominicana, la cual fue privada por muchos años de acceder a medicamentos de calidad a precios razonables. Esta es una deuda social que jamás podrá ser resarcida.

“La controversia a la que nos referimos quedó resuelta de manera definitiva e irrevocable por la honorable Suprema Corte de Justicia cuando en el año 2006 estableció, respecto de las “patentes de con rmación”, que “…no solo la ley de la materia no contempla en absoluto la posibilidad de tal calificación de patente, sino porque su admisión conllevaría una agravante violación a los requisitos previos establecidos por la ley dominicana para obtener una patente de invención, en materia de medicamentos farmacológicos, como se ha dicho…”. Tal criterio de ilegalidad fue reiterado en numerosas ocasiones; y de manera particular, con rmado en sentencia del 2 de febrero de 2011, que declaró la nulidad absoluta de la patente que supuestamente amparaba el Sildena l.

INFADOMI estimó que el más Alto Tribunal debe aprovechar la excelente oportunidad que se le presenta al revisar el caso, para unificar los criterios jurisprudenciales que ha venido creando y reiterando en cada oportunidad.

Afirmaron que el tema que ocupa el debate nacional es uno de gran trascendencia, tanto desde el punto de vista de la salud pública como de los derechos de patentes.

“Este debate trae consigo además la particularidad de que la sustancia discutida es una que corresponde ya al dominio público, por lo que los consumidores se verían seriamente afectados en cuanto al precio de comercialización del producto en caso de mantenerse esta última decisión”, explicaron.

Por último, dijeron que el sector farmacéutico nacional confía en que el tema será objeto de la debida ponderación por los más altos integrantes del Poder Judicial, con miras a restablecer los avances y el desarrollo que ha venido exhibiendo una industria que se rige por los más altos estándares de calidad, la creación de puestos de trabajo de alta calificación y donde solo aspira a un clima de libre y leal competencia en el mercado para el desarrollo de su actividad comercial.

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