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Esperan que Superintendente de Pensiones defienda Intereses y Derechos de Personas Afiliadas

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Por Luis Holguín-Veras Martínez (*)

En el Periódico Hoy, en su edición del 5 de febrero de 2024 nos encontramos con una reseña de la participación del superintendente de Pensiones, Francisco Torres Díaz, invitado en el Encuentro Económico de HOY, en dicho artículo se cita que el superintendente “resaltó que la rentabilidad de los fondos pensiones supera RD$600 mil millones.” Ha publicado hoy 5 de febrero de 2024 el Periódico Hoy.

Consideramos que esto que se presenta como un gran logro, pero esto no tiene nada de extraño, en un sistema de ahorro obligatorio como lo es el actual sistema de pensiones. Es más, consideramos que si las AFP tuvieran incentivos a obtener mayor rentabilidad, los resultados a los que la SIPEN normalmente hacen referencia, así como la ADAFP, de seguro serían mucho mejores.

Lo interesante sería que el alto funcionario del actual sistema de pensiones dominicano, explicara cómo esos logros en la rentabilidad beneficiarán a las personas afiliadas, es decir, si con ellos se aumenta el porcentaje de retorno que tendrán las personas afiliadas en la pensión que este sistema les otorgará cuando acumulen las 360 cotizaciones requeridas, que equivalen a 30 años cotizando.

Así mismo, el superintendente debería incluir en sus presentaciones a la prensa los montos y
porcentajes con respecto al salario de cotización que el sistema de capitalización individual les ofrecerá a las personas afiliadas que no lleguen a completar las 360 cotizaciones requeridas para pensionarse.

Así mismo el funcionario puntualizó que “esas cifras son a pesar de que en el sistema de pensiones hay cinco millones de afiliados, de los cuales solo cotiza 2.1 millones, debido al desplazamiento constante de trabajadores de la formalidad a la informalidad y viceversa.”

Un tema que el superintendente siempre olvida tocar es la comparación entre las ganancias de las AFP por cada persona afiliada cuyo fondo personal es administrado obligatoriamente por una AFP y los distintos beneficios que recibirán las personas afiliadas y las condiciones de cada uno de dichos beneficios.

El periódico Hoy cita las declaraciones del superintendente que dijo que “Los fondos de pensiones son el ahorro nacional más grande con el que cuenta nuestro país. La misma Ley 87-01 específica que estos recursos deberán priorizar la inversión en sectores que contribuyan al desarrollo y el fortalecimiento de nuestra economía. En los 20 años que han transcurrido desde el inicio de recaudación del Sistema de Pensiones, ha quedado demostrado el impacto que ha tenido la acumulación de estos recursos”.

Da pena, que el superintendente sólo destaque el resultado del impacto de este ahorro obligatorio como la gran conquista y no pueda referirse a ningún logro para las personas afiliadas.

Ojalá que cuando digan los montos que han entregado a las personas afiliadas, digan también los montos que han recibido cada uno de ellos y el porcentaje que ese monto representa con respecto al salario que devengaba cada uno de ellos.

Ojalá que el superintendente aclare cuáles con las condiciones con las que se otorgan cada uno de esas prestaciones.

Ojalá que no sólo pensemos en los totales de esos montos, sino en los derechos de las personas afiliadas y en cómo el actual sistema además de no garantizarles nada, ha incrementado su incertidumbre al no poder contar con instituciones, ni funcionarios, que cumplan con su responsabilidad como Funcionarios Públicos de cumplir y hacer cumplir las leyes del país y de garantizar los derechos fundamentales que establece nuestra constitución, dentro de los cuales vale destacar el de la Seguridad Social, la Salud Integral y la Atención a las Personas Envejecientes.

El superintendente debe entender que la función de la Superintendencia de Pensiones no es similar a la del Gobernador del Banco Central o del Ministro de Hacienda, que él tiene la responsabilidad por cumplir con la responsabilidad del Estado, tal y como lo señala explícitamente el Artículo 106 de la Ley 87-01 que se refiere a la Garantía del Estado Dominicano y establece que “El Estado Dominicano, a través del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), es el garante final del adecuado funcionamiento del sistema previsional, de su desarrollo, evaluación y readecuación periódicas, así como del otorgamiento de las pensiones a todos los afiliados. Además, tiene la responsabilidad inalienable de adoptar todas las previsiones y acciones que establece la presente ley y sus normas complementarias, a fin de asegurar el cabal cumplimiento de sus objetivos sociales.”

Este artículo es muy claro y los funcionarios parecen olvidar sus precisiones. El artículo 106 continúa diciendo: “En consecuencia, será responsable ante la sociedad dominicana de cualquier falla, incumplimiento e imprevisión en que incurra cualquiera de las instituciones públicas, privadas o mixtas que lo integran, debiendo, en última instancia, resarcir adecuadamente a los afiliados por cualquier daño que una falta de supervisión, control y monitoreo pudiese ocasionarle.”

Parecería que los funcionarios de la seguridad social olvidan el para qué ocupan una determinada posición y su responsabilidad con el Estado y con la Sociedad en impulsar el Estado de Derechos al que deben servir.

El Artículo 107, que trata sobre la Creación de la Superintendencia de Pensiones señala que “Se crea la Superintendencia de Pensiones como una entidad estatal, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para que a nombre y representación del Estado Dominicano ejerza a plenitud, la función de velar por el estricto cumplimiento de la presente ley y de sus normas complementarias en su área de incumbencia, de proteger los intereses de los afiliados, de vigilar la solvencia financiera de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y de contribuir a fortalecer el sistema previsional dominicano. Está facultada para contratar, demandar y ser demandada y será fiscalizada por la Contraloría General de la República y/o la Cámara de Cuentas sólo en lo concerniente al examen de sus ingresos y gastos.”

Al parecer la SIPEN ha olvidado su responsabilidad de proteger los intereses y derechos de las
personas afiliadas y ha asumido, desde el inicio de sus operaciones, los aspectos financieros del sistema y en especial la defensa y promoción de los intereses de las AFP.

El fracasado sistema de capitalización individual ha demostrado que a pesar de todas sus bondades financieras y contribuciones a la macro economía y aumento del ahorro nacional (producto de que es
un ahorro obligatorio), no tiene forma de corresponder a los derechos e intereses de las personas afiliadas.

La Coalición por la Seguridad Social Digna ha presentado su propuesta de un nuevo sistema de pensiones basado en un modelo de reparto moderno, con el cual la población tenga la certeza de protección cuando lo necesite.

Recientemente el presidente del Senado dijo que la modificación de la Seguridad Social será aprobada en esta nueva legislatura.

La sociedad espera que esta reforma, no sea como la que se hizo con la Ley 13-20, de fecha 6 de febrero del año 2020, en la cual se le explicó al pueblo dominicano que se disminuirían los beneficios que obtenían las AFP de sus operaciones y pese a que se les advirtió que lo que se proponía tendría un resultado contrario, aprobaron el texto propuesto teniendo tristemente para la población, el resultado que se había denunciado, a partir de esta última modificación las AFP obtienen más ganancias y no tienen ninguna presión como tenían antes, de obtener mayores rentabilidades.

Los funcionarios deben asumir su responsabilidad y dejar de hacerse los graciosos con los negocios insertados en la Seguridad Social, actuando como si fueran sus voceros.
El Estado es garante de los derechos fundamentales, tales como la Seguridad Social, la Salud Integral y la Atención a las Personas Envejecientes.

(*) (Psicólogo, Consultor en Gestión de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional.
Activista Social).