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Servidores Públicos excluidos del Sistema de Reparto saludan CNSS analice modificar la resolución 579-02

Santo Domingo.-  El Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) saludó la decisión tomada el pasado 4 de abril por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en la que remite a la Comisión Permanente de Pensiones (CPP) la solicitud que hicieran recientemente de la modificación o exclusión del párrafo III del artículo 12 de la resolución 579-02 del 16 de noviembre de 2023, que excluye a decenas de empleados del Estado del derecho de obtener una pensión por el Sistema de Reparto Estatal por hecho de haber retirado parte de sus ahorros de las Administraciones de Fondos de Pensiones (AFP).

La entidad explica que la reciente resolución número 587-05 emitida por el CNSS, solicita a la Comisión Permanente de Pensiones que se haga una revisión y análisis de la decisión tomada para excluir del Sistema de Reparto a los servidores públicos que retiraron una porción o la totalidad  de sus ahorros de las AFP, al tiempo que establecen que dicha Comisión deberá presentar su informe al Consejo Nacional de Seguridad Social.

Mediante comunicación de fecha 25 de marzo de 2024, el MOPESEP solicitó al CNSS que se modifique el enunciado del párrafo III, del artículo 12 de la resolución 579-02, que dice: “Serán excluidas de ser evaluadas por la Comisión aquellas personas que estén recibiendo una pensión por retiro programado, renta vitalicia o pensión por cesantía por edad avanzada del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del Sistema de Capitalización Individual de la Ley No. 87-01 que Crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.”

Los servidores públicos afectados por esta exclusión, que han laborado en la administración pública por 20, 25 y hasta más de 30 años, entre los que se encuentran periodistas y otros profesionales, consideran que esta disposición constituye una nueva injusticia, “con la que el CNSS nueva vez vuelve a conculcar los derechos de los trabajadores del Estado”.

El MOPESEP apoya y considera buena y válida la solicitud expresada al CNSS, en el entendido de que en el párrafo señalado “se introduce una disposición contraria a lo que establecen la Constitución y las Leyes 379-81, 87-01 y la 41-08 que amparan el derecho a permanecer en el Sistema de Reparto y que el Consejo Nacional de Seguridad Social reconoció en su resolución número 572-07, del 6 de julio de 2023”.

Explican que en esa resolución se restablece el derecho a una pensión de los servidores públicos amparados por la Ley 379-81 desde las AFP al Sistema de Reparto Estatal, “un derecho conculcado por casi 20 años y que el actual CNSS ha honrado con la emisión de la referida Resolución reconociendo y solucionando el error cometido”.

Los servidores públicos entienden que es un “verdadero abuso” del CNSS que ahora les niegue nuevamente su derecho a pensión por el Sistema de Reparto, porque hayan aceptado alguna de las prestaciones que las AFP les ofrecían insistentemente, mientras el CNSS les negaba su derecho a pensión, lo que reiteran se les negó por casi 20 años.

“Esta disposición es una irresponsabilidad, pues el CNSS quiere traspasar a los servidores públicos la responsabilidad de haber optado por aceptar las prestaciones ofrecidas, tales como la pensión por retiro programado, renta vitalicia o pensión por cesantía por edad avanzada del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del Sistema de Capitalización Individual de la Ley No. 87-01”.

Los servidores públicos reclaman que el CNSS y el Estado como responsable de garantizar los derechos de la población, tal y como lo dispone la Constitución, “deben aceptar su responsabilidad de los daños ocasionados por esta situación, en vez de querer que los servidores públicos se hagan responsables de una decisión que no tomaron libremente, sino que aceptaron esas migajas para subsistir ante la negación del derecho que el CNSS les hacía”.

Ningún servidor público -prosiguen- hubiera aceptado las migajas ofrecidas por el Sistema de Capitalización Individual, desechando la pensión a que tienen derecho por el Sistema de Reparto Estatal que varía entre un 60 %, 70 % y 80 % del salario promedio de los últimos tres años.

El MOPESEP considera que el CNSS no puede volver a cometer el mismo error que los llevó a conculcar por cerca de 20 años el derecho de los servidores público que tenían hasta 44 años de edad al inicio del actual sistema de pensiones y debe prestar la debida atención para disponer una modificación de lo dispuesto en la resolución 579-02, “que no sea contraria a lo dispuesto en la resolución 572-07, que es la que reconoce el derecho y ordena que la Comisión Interinstitucional Evaluadora de Traspaso elaborara el Manual de Procedimientos de la Comisión Evaluadora de Traspasos, lo cual no fue posible”.

“Es importante que el CNSS entienda que al cerrarle la única fuente de recursos para subsistir que tenían los servidores públicos, que era la pensión del Estado a la que tenían derecho y ante la necesidad de recibir ingresos para cubrir sus gastos y lograr sobrevivir, aunque fuera en la indigencia, los servidores públicos optaron por aceptar alguna de las opciones ofrecidas por las AFP”, agregan.

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Solicitan al CNSS modificar párrafo resolución que excluye servidores públicos retornar al Sistema de Reparto

Santo Domingo.-  El Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) solicitó al pleno del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) la modificación o eliminación del párrafo III del artículo 12 de la resolución 579-02, que excluye de ser evaluados para retornar al Sistema de Reparto con la finalidad de obtener una pensión del Estado a los servidores públicos que retiraron dinero de sus ahorros de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

“Consideramos injusta esta disposición de exclusión de un grupo de servidores públicos, entre los que figuran periodistas y otros profesionales, que han servido al Estado en diferentes instituciones por 20, 25 y hasta 30 años”, dice la comunicación enviada al CNSS a través del Gerente General de ese organismo, doctor Edward Guzmán, el pasado 25 de marzo.

Explican, además, que es inaceptable que la misma resolución transfiera a los servidores públicos toda la responsabilidad “de haber aceptado alguna de las prestaciones que ofrecían insistentemente las AFP a la que estaban afiliados, liberándose el CNSS de su responsabilidad al negar por casi 20 años el derecho a permanecer en el Sistema de Reparto, aunque tuvieran el amparo de la Constitución y las Leyes 379-81, 87-01 y la 41-08”.

Resaltan en la misiva firmada por el coordinador del MOPESEP, Luis Holguín Veras Martínez, que el CNSS, como órgano rector, estuvo negándole a los servidores públicos su derecho fundamental, “adquirido y laboral, sin ninguna base legal, llevándolos a que por necesidad, ante la negación de sus derechos, se vieran en la obligación de aceptar lo que las AFP les ofrecieron”.

Dicen, asimismo, que algunos de los servidores públicos a quienes se les negó su derecho a permanecer en el sistema de reparto fueron desvinculados de las instituciones públicas donde laboraban, porque sus empleadores asumieron erróneamente las disposiciones del CNSS que afirmaban que los trabajadores que no tenían 45 o 44 años de edad al 1ro. de junio de 2003, no tenían el derecho a permanecer en el sistema de reparto.

Por lo tanto -prosiguen- en representación del MOPESEP reclamamos que el Consejo Nacional de Seguridad Social asuma su responsabilidad por las consecuencias de haber conculcado un derecho fundamental, adquirido y laboral, injusta y abusivamente y que desista de cargar la responsabilidad por las consecuencias de su error a los servidores públicos.

Insisten en que el Consejo Nacional de Seguridad Social modifique el párrafo III del Artículo 12 de la resolución 579-02, “de manera que se reconozca el derecho a permanecer en el sistema de reparto a los servidores públicos que tuvieron que optar por alguna de las prestaciones que les ofrecían las AFP, eliminando la exclusión establecida en el párrafo de la referida resolución”.

“Solicitamos que el Consejo Nacional de Seguridad Social defienda y cumpla con los derechos de los servidores públicos, en total apego a las disposiciones legales vigentes en el país”, agregan.

Al final de la comunicación, destacan que esperan una respuesta justa y oportuna de parte de ese órgano rector de la Seguridad Social.

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Servidores Públicos saludan reintroducción de la Modificación Integral de la Ley de Seguridad Social

Santo Domingo.- Los servidores públicos agrupados en el Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP), saludaron hoy la reintroducción a la agenda legislativa del tema de la Modificación Integral de la Ley 87-01, que creó el actual Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Los afiliados del sector público recordaron que la Ley 13-20, aprobada la fecha, dispone en su Artículo 29 la Modificación integral Ley 87-01, disponiendo que «A partir del mes de septiembre del año 2020, se iniciará el proceso de revisión y estudio para la modificación integral de Ley No. 87-01, del 9 de mayo de 2001, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.»

Esta tarea aún está pendiente, pese a que en la legislatura anterior , la Comisión Bicameral de Seguridad Social realizó un amplio esfuerzo de consulta y deliberaciones que les permitió llegar a producir un Informe en el que presentan una propuesta de modificación de la Ley 87-01, que aunque recoge algunas de las demandas presentadas a dicha Comisión, por los propios afiliados, por organizaciones sociales y profesionales, la realidad es que la propuesta continúa favoreciendo a los negocios insertados en la seguridad social, protegiendo sus ganancias en perjuicio de los afiliados.

Saludamos que los legisladores prioricen la modificación integral de la Seguridad Social, pero demandamos que esta se produzca en el marco del Estado de Derechos que consigna nuestra Constitución y los Derechos Fundamentales.

El MOPESEP ha señalado que la modificación debe basarse en garantizar los derechos de la población y en especial de los afiliados, asegurando la certidumbre a los afiliados.

Los servidores públicos señalaron que saludan y reconocen que es importante que se revise y apruebe la modificación de la Ley 87-01, pero insisten de que no se trata de una aprobación más, hecha sin el cuidado y responsabilidad que implica.

Los afiliados tenemos claro el resultado de la última modificación que el Congreso aprobó a la Ley 87-01, cuando aprobaron la Ley 13-20.

los legisladores dijeron que disminuirían las ganancias de las AFP y aunque destacados profesionales y organizaciones advirtieron públicamente que el resultado sería contrario, aprobaron dicha modificación, obteniéndose el fatídico resultado advertido.

Al paso de los años, se comprobó que las AFP desde entonces, cada año, han obtenido mayores ganancias, teniendo menos interés por asegurar mejores rentabilidades.

El MOPESEP, junto a las demás organizaciones comprometidas con lograr que la República Dominicana tenga la seguridad social que merece el pueblo dominicano, continuará luchando para los derechos de la población y en especial los de los afiliados se garanticen, orientando y reclamando a los Legisladores sobre las mejores opciones para la modificación de la Ley de Seguridad Social.

El MOPESEP considera que los legisladores tienen que tener presente que la Seguridad Social no puede seguir siendo un botín que puede dividirse como un pastel de beneficios, sino que, por el contrario, es la expresión del compromiso nacional que se cumple a través de este sistema, que para ser efectivo, debe priorizar los derechos fundamentales de la población, separándolos de los intereses lucrativos de los negocios insertados en la seguridad social.

Los servidores públicos asumimos con responsabilidad el participar junto a los legisladores en construir la modificación integral de la Seguridad Social y vigilar que las modificaciones propuestas no vuelvan a ser dardos envenenados que perjudiquen a la población y a los afiliados, afectando sus derechos.

El MOPESEP advierte a los legisladores que la sociedad dominicana espera la modificación integral de la Ley 87-01 y no que se aprueben parches parciales que terminen empeorando la seguridad social en perjuicio de los afiliados y de la sociedad dominicana.

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Opiniones

La comunicación y la falsa expectación

POR J. LUIS ROJAS
(lrojas50@hotmail.com)

La comunicación de expectación es un medio que emplean frecuentemente los gobiernos, las empresas, los partidos políticos, las organizaciones sociales, las marcas corporativas y comerciales, así como otros actores, con el objetivo de crear y mantener diferentes tipos de expectativas entre determinados segmentos de perceptores, clientes o ciudadanos. En este contexto, para lograr que esta modalidad comunicacional sea exitosa, es imprescindible que haya sinergia y congruencia entre la credibilidad de los mensajes que elaboran y difunden los emisores o fuentes, las necesidades y expectativas que circundan a los públicos objetivos y los resultados alcanzados.

Es simple, emplear diferentes medios y recursos para crear falsas expectativas a los perceptores o audiencias cautivas y potenciales, más temprano que tarde tiene consecuencias funestas para los intangibles del emisor o fuente. No es inteligente elaborar y difundir una determinada narrativa a partir de mentiras y promesas inalcanzables. Sin duda, este es el camino más corto y seguro para siquitrillar la reputación, credibilidad, confianza, permiso social, capital relacional e imagen pública. La comunicación de expectación debe ayudar a concretar las expectativas que generan sus mensajes entre los públicos que los reciben.

Sin importar su procedencia, cuando los emisores o fuentes deciden crearles expectativas a sus perceptores, a sabiendas de que no cuentan con los recursos y medios requeridos para satisfacerlas, lo más lógico y natural es que las audiencias destinatarias, al ver y contactar que las promesas hechas no se cumplen o que la realidad actual es totalmente diferente a la que se esperaba, entonces llegan las decepciones, frustraciones, reacciones y reclamos a los que por distintas razones el emisor tendrá que  buscarles y darles explicaciones sinceras, creíbles y racionales.

En República Dominicana, igual que en muchos países del mundo, la mayoría de los líderes de las organizaciones políticas, así como las marcas corporativas y comerciales, suelen incurrir en el gravísimo error de emplear novedosas, creativas y costosas estrategias comunicaciones pretendiendo con ellas convencer a determinadas fracciones de electores y clientes con argumentos perversos y malintencionados. En cualquier ámbito, el prometer, el no cumplir y el crear falsas expectativas tienen consecuencias negativas para los tangibles e intangibles de los que incurren en dicha práctica. En definitiva, la comunicación, sin importar su modalidad, no debería ser usada como medio para elaborar mensajes y crearles falsas expectativas a las audiencias. 

En la realidad actual es estúpido e irracional creer que es posible obtener resultados significativos, creíbles y sostenibles realizando continuas actividades de marketing y comunicación, al margen de la naturaleza y tamaño de las necesidades y expectativas que rodean a los perceptores o audiencias. Ya sea en los entornos político, corporativo, institucional o comercial, los emisores más exitosos son los que más y mejor conocen y oyen a sus audiencias. En este sentido, cuando las expectativas son gestionadas de una manera correcta, los perceptores o destinatarios se sienten satisfechos con los resultados alcanzados.

Muchos de los líderes y dirigentes de las organizaciones políticas dominicanas, conscientes o inconscientes, olvidan que en el mercado electoral existen segmentos que no se persuaden con mensajes y acciones estúpidas e irracionales. Por ejemplo: visibilizar concurridas y vistosas marchas, caravanas y concentraciones, así como colocación masiva de publicidad exterior en los espacios públicos, saturación de las plataformas digitales y de los medios tradicionales de comunicación, con historias mal elaboradas, contadas y distantes de las necesidades y expectativas de los receptores o audiencias. Valerse del poder persuasivo de la comunicación mediática para establecer y mantener expectativas que no se lograrán, es poner en alto riesgo la reputación, credibilidad, confianza y la imagen pública.  

Saber interpretar y gestionar las expectativas de las audiencias no es una tarea que cualquier persona puede realizar de manera eficiente y efectiva. La comunicación de expectativas no consiste en elaborar y difundir montones de mensajes, pretendiendo con ello incrementar el efecto sorpresa entre comunidades cautivas y potenciales de perceptores. En cualquier ámbito, llevar a cabo esfuerzos continuos de comunicación con el propósito de crear diferentes expectativas a los integrantes de un mercado, a sabiendas de que quien las hace no tiene la más mínima posibilidad para satisfacerlas, termina destrozando su credibilidad, confianza e imagen pública.

Hoy, pretender captar la atención, obtener apoyo y crear expectativas entre una determinada audiencia empleando los mismos medios, mensajes, códigos y actividades de comunicación de tiempos pasados, sin lugar a duda, es casi imposible. En el contexto actual, importantes segmentos del mercado electoral dominicano han adoptado nuevas formas de convivencia, de relacionamiento, de expectativa, de reconocimiento y hasta de comunicarse. En pocas palabras, los valores, principios y creencias que predominan en determinadas audiencias de hoy son absolutamente diferentes a los de tiempos pasados.

En términos generales, para garantizar que los mensajes de la comunicación sean un medio efectivo para ayudar a concretar las expectativas específicas de los perceptores o audiencias, es imprescindible que el emisor, sin importar su naturaleza, cuente con los mecanismos y recursos necesarios para satisfacer el nivel de expectación creado en el público objetivo. No es recomendable saturar los medios de comunicación y los espacios públicos con mensajes destinados a crear expectativas, las que por múltiples motivos jamás podrán ser satisfechas. Incurrir en la praxis de crear y difundir diversos mensajes para establecer falsas expectativas, tiene los mismos efectos que el negocio del capa perros.   

Parecería que los líderes de las organizaciones políticas dominicanas de hoy no han hecho el más mínimo esfuerzo por conocer las nuevas ansiedades y expectativas de los segmentos que integran el mercado actual electoral de RD. Por esta razón, sus relatos, medios y acciones comunicacionales no les permiten comunicarse efectivamente con sus electores cautivos y potenciales. Un pecado capital de la comunicación, sin importar su modalidad, es no escuchar y desconocer las necesidades sustanciales de los perceptores o audiencias.

Cuando los líderes de las organizaciones políticas emplean todos los medios habidos y por haber, pretendiendo con ellos crearles falsa expectación a sus seguidores con respecto a que cuentan con el apoyo y simpatía de importantes porcentajes de los electores, lo que cuando llega el momento de contactar dicha aseveración, resulta que los resultados son inferiores a los prometidos y esperados, es entonces cuando la credibilidad e imagen pública de quienes crearon expectación inalcanzable, se derrite como mantequilla alrededor del fuego.

A fin de cuentas, la expectativa es la proyección de una esperanza, un anhelo, un deseo o el logro de una meta especifica, ya sea en el ámbito material, espiritual o emocional. El problema comienza cuando el emisor de manera consciente incrementa la intensidad de las expectativas, a sabiendas de que las mismas son irrealizables. Por ejemplo, en RD., la narrativa de la AFP y ARS se centra en crearles falsas expectativas a los afiliados a la seguridad social.

Para muestra un botón. En República Dominicana, el uso inadecuado de la comunicación de expectativas no es una práctica exclusiva de los líderes de las organizaciones políticas. Las marcas corporativas y comerciales también la usan para crear y mantener falsa expectación. En este sentido, podría decirse que la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) figura entre las entidades que más emplean la comunicación para construir y posicionar una narrativa, cuyo objetivo consiste en crear la falsa expectativa de que los afiliados pueden vivir como reyes o banqueros retirados con las indígenas e inhumanas pensiones que otorgan las AFP..

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Presentan propuestas de cambios para lograr sistema de pensiones

SANTO DOMINGO La Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) presentó 25 propuestas que incluyen cambios de ley y perfeccionamientos normativos para lograr un sistema de pensiones más eficiente, solidario, sostenible y universal, que garantice más y mejor protección a los afiliados y sus familias.

Las propuestas del gremio que agrupa a las AFP dominicanas buscan que el promedio de tasa de reemplazo para el sistema, que en actualmente se estima en un promedio de 30%, suba al 60% con medidas que no implican aumento de tasa de aporte, como son la cotización por el salario real, el fortalecimiento institucional para evitar el fraude a la seguridad social, un ajuste a la edad de retiro para los más jóvenes y una adecuación de las tablas de mortalidad a la realidad de la República Dominicana.

La ADAFP propone también un sistema de ahorro voluntario individual (de un 1% del salario cotizable) y un sistema de ahorro voluntario colectivo (financiado a partes iguales entre empleador y afiliado, que iniciaría en 0.5% para cada uno y aumentaría gradualmente hasta llegar a un total de 3% de aporte total). De implementarse estas dos propuestas, la tasa de reemplazo podría llegar a 73%.

En un desayuno con líderes de opinión en que se presentaron las propuestas del gremio, la presidenta ejecutiva de la ADAFP, Kirsis Jáquez, expresó que sugieren además que el patrimonio generado con aportes voluntarios tenga opciones de retiro anticipado para casos como financiamiento de vivienda y educación.

Jáquez resaltó que para garantizar una mejor protección a afiliados que no tengan un alto grado de cotización, el gremio propone reducir de 25 a 15 años el tiempo de cotización requerido para acceder a una pensión mínima contributiva, que se complemente con el Fondo de Seguridad Social (FSS).

En tanto que, acogiendo las peticiones de afiliados que emigran del país, la ADAFP plantea que puedan retirar sus fondos y llevárselos a su nuevo país de residencia. Igualmente, que quienes retornen al país puedan traer sus fondos y tengan la posibilidad de incorporarlo a una AFP. “Esta es una de las peticiones más recurrentes de las personas que emigran y van a residir a otros países estando afiliadas a una AFP dominicana”, afirmó Kirsis Jáquez.

Asimismo, para ampliar la protección del Sistema a más trabajadores, proponen integrar a los independientes, profesionales liberales y trabajadores por cuenta propia, que no tienen empleador, con un aporte en base a salarios presuntivos a partir del salario mínimo. También que se establezca una cotización gradual para salir de la informalidad y garantizar protección a los trabajadores que están empleados en este sector.

Entre los cambios normativos para eficientizar el sistema, la ADAFP procura que a un afiliado de ingreso tardío no se le requiera estar desempleado para retirar su saldo acumulado en la AFP; que si un afiliado sufre una discapacidad total o enfermedad grave pueda retirar su fondo acumulado; que los afiliados puedan identificar herederos para casos de fallecimiento, entre otros cambios.

Asimismo, presentó propuestas que están pendientes de estudios de impacto, que buscan permitir a los afiliados la opción de retiro en un solo pago si el nivel de pensión es insuficiente; que tanto las pensiones por discapacidad como por sobrevivencia por viudez sean vitalicias; garantizar seguro de salud para pensionados; y asegurar protección al trabajador cesante mediante un fondo de cesantía cuyo remanente se pueda sumar a su fondo o retirar al final de su vida laboral.

Las propuestas de cambios de ley y de cambios de normativas (que pueden realizarse sin modificar la ley vigente) están soportadas por estudios económicos y de impacto que comprobaron su viabilidad.

Con las propuestas, detalladas a continuación, la ADAFP busca impulsar un sistema que sea sostenible; equitativo-inclusivo-solidario; eficiente; que integre protección en pensiones y salud; y que sea universal:

PROPUESTAS DE CAMBIOS DE LEY

1. Sistema de pensiones mínimas contributivas. Esta propuesta busca garantizar una pensión mínima contributiva complementada con el Fondo de Solidaridad Social (FSS), para afiliados a partir de las 180 cotizaciones (equivalente a 15 años), bajando los requisitos actuales que son de 25 años o 300 cotizaciones. El monto iría desde el 60% hasta el 90% de la pensión mínima. Es financieramente asumible y no tiene coste adicional en aportes, pues estaría a cargo del Fondo de Solidaridad Social.

2. Sistema de pensiones mínimas solidarias – no contributivas. Se trata de garantizar pensiones mínimas solidarias para evitar el riesgo de indigencia en la vejez y a entregar previa evaluación socioeconómica (que se puede realizar en base al Índice de Calidad de Vida de SIUBEN). Sería equivalente al 60% del salario mínimo del sector público y se financiaría con impuestos.

3. Pensión por discapacidad vitalicia. Se utilizaría el saldo de la CCI para financiar en caso de discapacidad. La prima de discapacidad sería del 1.7% (lo que representaría un aumento de 0.75%) y sería financiada por empleadores y afiliados en la misma proporción que el aporte para pensiones.

4. Facilitar la movilización de fondos para migrantes. ADAFP propone que los afiliados que emigren puedan retirar sus fondos y llevárselos a su nuevo país de residencia. Igualmente, que quienes retornen al país y repatrien capital puedan incorporarlo a una AFP.

5. Integrar a los independientes. Esta propuesta busca que los independientes, trabajadores por cuenta propia y profesionales liberales que no tengan un empleador coticen a su cuenta en su AFP y sean protegidos dentro del Régimen Contributivo. Que realicen un aporte obligatorio en base a salarios presuntivos, a partir del salario mínimo. Sería financiado por los propios afiliados y se podría estudiar un período transitorio de adaptación.

6. Cotización gradual para salir de la informalidad. Con esta propuesta se busca garantizar pensiones para trabajadores que están en la informalidad. Inicialmente, la tasa de reemplazo sería del 17% y se incrementará en el tiempo con el aumento del aporte, pero aumentará también la cobertura. Se propone un aporte inicial del 5% para la CCI (y una cotización total de 7.32%), aumentando un 1% por año hasta alcanzar la cotización plena. El 70% a cargo del empleador y el 30% a cargo del empleado.

7. Ahorro voluntario. Este sistema de ahorro voluntario individual tendría incentivos fiscales y compartimentos diferenciados en la Cuenta de Capitalización Individual. El patrimonio generado con aportes voluntarios tendría opciones de retiro anticipado para casos como financiamiento de vivienda y educación. Un aporte adicional del 1% aumentará la tasa de reemplazo en un 3%.

8. Sistema de ahorro previsional colectivo. Este sistema de ahorro voluntario, con el mecanismo de autoenrollment, busca mejorar las pensiones con aportes de empresas y trabajadores. El trabajador y el empleador aportarían un porcentaje similar, libre de pago de impuestos. En caso de no desearlo, el trabajador tendrá la opción de excluirse.

El patrimonio generado con aportes voluntarios en este sistema colectivo también tendría opciones de retiro anticipado para casos como financiamiento de vivienda y educación. Se propone un aporte inicial del 0.5% del salario a cargo del empleador y del 0.5% a cargo del trabajador y se iría incrementando hasta lograr el 3% en seis años. Implementar este sistema tendría un fuerte impacto en el aumento de la tasa de reemplazo, estimado en un 10% adicional.

9. Equilibrar tasas de reemplazo entre hombres y mujeres. Con esta propuesta se buscaría lograr cobertura de lagunas de cotización por maternidad para aumentar convergencia en la tasa de reemplazo entre mujeres y hombres, con aportes del Fondo de Solidaridad Social. Sin coste adicional para el afiliado, pues se trata de aportes del 75% del promedio anual a cargo del Fondo de Solidaridad Social.

10. Ajustar la edad de retiro. Ajustar de forma progresiva y automática la edad de retiro para los más jóvenes conforme a la expectativa de vida en el país (ONE). Retrasar un año la edad de jubilación genera una mejora de entre el 2% y 3% en la tasa de reemplazo. Retrasar la edad de jubilación de los 60 años actuales a los 65 años genera una mejora de entre un 12% y un 14%.

PERFECCIONAMIENTOS NORMATIVOS SIN CAMBIOS DE LEY
11. No requerir estar desempleado para recibir el beneficio de ingreso tardío. Si un afiliado ingresó con 45 años o más al Sistema tendría la opción de retirar su fondo acumulado al cumplir 60 años, aunque siga empleado. Se puede hacer con una resolución del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS).

12. Cotización por salario devengado. Se cotizará por los mismos salarios reportados a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y supondría un aumento estimado de un 15% en la base de cotización) y por la décimo tercera paga. Esta propuesta mejora la tasa de reemplazo entre 8 y 10%.

13. Fortalecer la capacidad institucional. La Tesorería de la Seguridad Social, con los nuevos recursos que recibe después de la aprobación de la Ley 13-20, debe realizar una serie de actividades, a partir de un cuerpo de inspectores propios, para combatir el fraude. Se estima que si se combate el fraude se puede alcanzar un 5% más en la tasa de reemplazo.

14. Simplificar más los trámites de beneficios para afiliados y familiares, pues mejoraría la eficiencia del sistema.
15. Identificar herederos para casos de fallecimiento. Que cada afiliado previamente indique en su AFP quién o quiénes serían los herederos de su fondo de pensiones en el caso de que fallezca y no haya beneficiarios de sobrevivencia.

16. Retiros totales por enfermedades graves y discapacidad total. Se propone que se pueda retirar el saldo total de la CCI en caso de enfermedades graves y discapacidad total, aunque el afiliado tenga derecho a una pensión. El afiliado podrá elegir la opción que prefiera.

17. Pensión de retiro programado con renta vitalicia diferida. Significaría un aumento de la tasa de reemplazo en un 10% en el tramo 60-80 años. Renta garantizada de al menos la pensión mínima a partir de los 80 años.

18. Simplificar los canales a través de los que contribuir. Esta propuesta busca que se pueda cotizar a través de la red bancaria, lo que puede facilitar la cotización de trabajadores independientes.

19. Ampliar opciones de inversión, incluyendo el exterior. Esta propuesta busca mejorar la inversión en economía productiva local, con más empleo formal; flexibilizar los criterios de aptitud de activos para diversificar portafolios de forma ágil; mejorar la eficiencia y el resultado de las inversiones en el largo plazo; y lograr una mayor tasa de cobertura por la expansión del empleo.

20. Elaborar unas tablas de mortalidad de la población. Un ajuste de pensiones a la realidad dominicana mejoraría la tasa de reemplazo en un 5%, según estimaciones.

21. Garantizar los derechos adquiridos en el sistema anterior. Se propone que el Estado otorgue el Bono de Reconocimiento a afiliados con derechos en el sistema anterior. Esta entrega debió iniciar en 2018.

PROPUESTAS PENDIENTES DE ESTUDIOS DE IMPACTO

22. Opción de retiro en un solo pago si nivel de pensión es insuficiente. Si no se acumula un fondo suficiente para una pensión adecuada, se propone que el afiliado tenga la opción de recibir su fondo en un solo pago.

23. Que las pensiones por discapacidad y sobrevivencia por viudez sean vitalicias. Se podría unificar prima con la de riesgos laborales para reducir costos y eliminar duplicidades.

24. Garantizar seguro de salud para pensionados.

25. Protección al trabajador cesante mediante un fondo de cesantía. Que al final de su vida laboral, el afiliado tenga la opción de sumar el saldo que reste en este fondo para mejorar su pensión o retirarlo en un solo pago.

Sobre la ADAFP
La ADAFP es la entidad gremial empresarial que agrupa y representa a las AFP dominicanas, empresas que están a cargo de administrar los ahorros de los trabajadores para sus pensiones. Su misión es contribuir con un retiro de calidad para todos los trabajadores fomentando las mejores prácticas de gestión, la seguridad jurídica y la sostenibilidad financiera. Sus miembros son AFP Crecer, AFP Popular, AFP Reservas, AFP Romana y AFP Siembra.

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AFP entregan más de 722 millones de pesos familiares de afiliados fallecidos

SANTO DOMINGO, RD.- La Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP), informó que entre marzo y agosto del 2021, las AFP que forman parte de esa entidad han erogado 722,571,348 millones de pesos como pago de herencia a familiares de afiliados fallecidos, tras la eliminación del requisito de presentar una certificación de pago de impuestos sucesorales, lo que ha permitido agilizar estos trámites.

La presidenta ejecutiva de ADAFP, Kirsis Jáquez, afirmó que las AFP han entregado los fondos a 6,764 familiares de 2,056 afiliados fallecidos, por lo que aseguró que la ADAFP ha impulsado importantes cambios normativos para que estas personas reciban la protección necesaria que les brinda la Ley 87-01 sobre Seguridad Social, en el menor tiempo posible.

Asimismo, informó que en el primer semestre de este año, se han otorgado 669 nuevas pensiones por sobrevivencia a 1,353 familiares de afiliados fallecidos, lo que impacta positivamente en mejores condiciones de vida para miles de familias.

Precisó que en diciembre de 2020, la ADAFP propuso el establecimiento de un Proceso Simplificado de Acceso a Beneficios, que fue acogido en marzo del 2021 por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) y la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), eliminando el requisito de presentar la certificación de pago de impuestos sucesorales para casos de herencias, lo que le ha permitido agilizar los servicios y brindar atenciones más eficientes a sus afiliados.

La entidad indicó ademas que la ADAFP plantea también que el acceso a la documentación oficial del registro civil sea virtual y gratuito para los familiares de afiliados fallecidos, lo que reduciría tiempo y costos.

El gremio que agrupa a las AFP dominicanas recordó que tiene disponible en su portal Web una lista de afiliados fallecidos tomada de la SIPEN, y reiteró su llamado a los familiares sobrevivientes o herederos legales a que se acerquen a las AFP e inicien la solicitud de la pensión por sobrevivencia o de la entrega del monto acumulado en la cuenta para pensiones como herencia, según corresponda.

Sobre la ADAFP

La ADAFP es la entidad gremial empresarial que agrupa y representa a las AFP dominicanas, empresas que están a cargo de administrar los ahorros de los trabajadores para sus pensiones. Su misión es contribuir con un retiro de calidad para todos los trabajadores, fomentando las mejores prácticas de gestión, la seguridad jurídica y la sostenibilidad financiera. Sus miembros son AFP Crecer, AFP Popular, AFP Reservas, AFP Romana y AFP Siembra.

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