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Conozca los casos fallados por el TSE y notificados la JCE sobre las elecciones municipales

Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral comenzó a dictar y notificar a la Junta Central Electoral sentencias de expedientes que ingresaron en relación con las elecciones municipales celebradas el pasado domingo 18 de febrero.

Entre los primeros expedientes decididos en cámara de consejo, 14 en total, figuran Recursos de apelación; recursos contenciosos electorales; demandas en solicitud y reconteo de votos en diferentes municipios.

En el expediente TSE-01-0081-2024, sobre recurso de apelación, interpuesto por el señor Amauris Ledesma Concepción contra la Resolución núm. 1-2024, dictada por la Junta Electoral de Pimentel, el Tribunal acogió el fondo de dicho recurso y anuló la resolución apelada en virtud de que conocer los reparos al procedimiento del cómputo electoral, es competencia en primera instancia de las Juntas Electorales. En cuanto al recuento de votos, rechazó la solicitud de ordenarlo, en razón de que esta operación es exclusiva de los colegios electorales durante el proceso de escrutinio y, en todo caso, no se demostraron razones suficientes para que fuese ordenado de manera excepcional.

El Pleno, encabezado por el magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez;  Rosa Pérez de García; Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández Cruz, jueces titulares, con motivo del Recurso de apelación contra la Resolución núm. 1, de la Junta Electoral de Vicente Noble, interpuesto por los ciudadanos Máximo Pineda Andújar; Genaro Matos Matos y Hendris Rivas Sierra, en sus calidades de Presidente, Delegado y candidato a Alcalde por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), acogió el medio de inadmisión propuesto por la parte recurrida, Junta Central Electoral (JCE), declarándolo inadmisible por extemporáneo en razón de que la referida resolución le fue notificada al recurrente, PLD, el 20 de febrero 2024, sin embargo, la interposición del recurso fue realizada el 23 de febrero.

En cuanto al Recurso contencioso electoral, demanda en solicitud de verificación, comprobación física de cómputo de relación de votación y corrección de boletín, incoada por el señor Tomás René Moya Serra contra la Junta Central Electoral, el Tribunal se declaró incompetente de oficio en razón de que en dicha demanda, la Junta Electoral de Samaná actuó como Tribunal Electoral de primer grado, conforme lo establecido en los artículos 47.2; 281 y 282 de la Ley núm- 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, 13.1 y 15.4 de la Ley número 29-11, Orgánica de este Tribunal y artículo 8, numeral 3 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

Respecto al recurso de apelación, interpuesto por los señores Rogelio Herrera Turbí; Carlos Eusebio Morillo Moreta y Alexander Herrera Tejeda contra la Junta Central Electoral (JCE) y la Junta Electoral de Juan de Herrera, el Tribunal declaró inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación contra la Resolución 23/02/2024, sobre conocimiento de solicitud de segunda revisión de votos nulos del distrito municipal de Jinova, emitida por dicha Junta Electoral por haber sido incoado en violación al plazo de 48 horas previsto de forma conjunta en los artículos 26 de la Ley número 29-11, Orgánica de esta jurisdicción y 186 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales y al precedente contenido en la sentencia TSE-368-2020.

El expediente TSE-01-0056-2024, contiene el dispositivo de la sentencia núm. TSE/1201/2024, rechazando el recurso de apelación y solicitud de reconteo de votos nulos y observados, interpuesto por la ciudadana Massiel Ripoll Castillo, por carecer de méritos jurídicos y, en consecuencia, confirmó en todas sus partes la Resolución apelada, en razón de que la revisión de votos nulos y observados había sido realizada al momento de interponerse la demanda original, como consta en el Acta núm. 01/2024, levantada por la Junta Electoral de Puerto Plata y la relación general definitiva de cómputo electoral, siendo innecesario realizar tales operaciones nuevamente.

El Pleno declaró inadmisible el pedimento sobre la revisión de votos nulos, por ser un pedimento nuevo en grado de apelación, en violación al principio de inmutabilidad del proceso, mediante la sentencia TSE/0202/2024. La decisión fue tomada luego de que el tribunal rechazara dicho recurso por carecer de méritos jurídicos y, en consecuencia, confirmó en todas sus partes la resolución apelada, en razón de que el recuento de votos es una operación exclusiva de los órganos de administración electoral durante el proceso de escrutinio y, en todo caso, no se demostraron razones suficientes para que fuese ordenado de manera excepcional por la Junta Electoral. Además, no acreditó ninguna irregularidad en las actas que condujeran a su revisión. 

Mediante Sentencia TSE/0206/2024, el Tribunal declaró su incompetencia para el conocimiento de revisión y reconteo de votos nulos solicitado por Noris Elizabeth Medina Medina, contra la Junta Central Electoral (JCE), en virtud de que la solicitud de recuento de votos válidos y revisión de votos nulos compete decidirla en primera instancia a las Juntas Electorales. Se trata del expediente número TSE-01-0083-2024. Se declinó el conocimiento del expediente ante la Junta Electoral de Barahona, para que decida de conformidad con la ley. La decisión fue adoptada en virtud de lo establecido en los artículos 47.2, 277 y 281 de la Ley núm. 20-23, Orgánica de Régimen Electoral, 14 y 15.4 de la Ley núm. 29-11, Orgánica de este Tribunal y 8 literal b) numeral 3 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

En relación al expediente núm. TSE-01-0046-2024, sobre solicitud de nulidad de resultados de las elecciones municipales de la circunscripción 3 del municipio de Santiago, interpuesta por el señor Jhonattan Erick Silverio Durán contra la Junta Central Electoral, el Tribunal se declaró incompetente de oficio para conocer la solicitud de nulidad de resultados de las elecciones celebradas el 18 de febrero del 2024. La decisión de la Alta Corte es en razón de que corresponde conocer dicha demanda a dicha Junta Electoral actuando como Tribunal Electoral de primer grado, conforme lo establecido en los artículos 47.2 y 281 de la Ley número 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, 13.1, 15.4, de la Ley número 29-11, Orgánica de ese Tribunal y artículo 8, literal b numeral 3 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. El Tribunal declinó el conocimiento y decisión del expediente a la Junta Electoral de Santiago y ordenó a la Secretaría General, la remisión bajo inventario, de todos y cada uno de los documentos que integran el expediente.

Sobre el expediente núm.  TSE-01-0045-2024 sobre  solicitud de revisión de colegio electoral, interpuesta por el señor Bienvenido La Paz Florián, contra la Junta Central Electoral, el Tribunal, acogió  la excepción de incompetencia planteada por la parte demandada, Junta Central Electoral y, en consecuencia, declaró  su incompetencia  para conocer la referida solicitud, en razón de que corresponde conocer dicha demanda a la Junta Electoral de Paraíso,  actuando como Tribunal Electoral de primer grado, conforme lo establecido en los artículos citados en  el caso anterior.

Asimismo, el expediente núm.  TSE-01-0044-2024, sobre recurso de apelación contra la Resolución núm. 002-2024, de la Junta Electoral de Pedernales, del 19 de febrero del 2024, interpuesto por el PRD, representado por el Ing. Miguel Vargas Maldonado, contra la JCE y la Junta Electoral de Pedernales, el 22 de febrero del 2024, el Tribunal, acogió el medio de inadmisión propuesto por la parte recurrida y en consecuencia, declaró inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación, en razón de que la Resolución núm.  002-2024, emitida por la citada Junta Electoral, le fue notificada al impetrante el 19 de febrero del 2024, sin embargo, la interposición del recurso fue realizada el 22 de febrero del 2024, fuera del plazo de las 48 horas establecido en los artículos 26 de la Ley núm. 29-11 y 186 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

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TSE: aumentan 114 los casos que ha sido apoderado de acciones contra resoluciones de Juntas Electorales


Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral informó hoy que se incrementó a 114 el número de expedientes que ha sido apoderado de casos de acciones contra resoluciones de juntas electorales, por candidatos a alcaldes; regidores; directores municipales y vocales, en varios lugares del territorio nacional, en relación con las elecciones municipales del domingo 18 de febrero 2024.

El Tribunal decidió, mediante resolución, que expedientes que ingresen en relación con las elecciones municipales, serán conocidos en su mayoría en cámara de consejo. La demanda es contra las juntas municipales de cada pueblo y la Junta Central Electoral.

Los aspirantes a alcaldes; regidores; directores de los Distrito Municipales y vocales, han apoderado al TSE como tribunal de apelación, ya que las juntas electorales funcionan inicialmente como tribunales de primer grado.

Dichos expedientes pueden tratarse de recursos de apelación; impugnaciones; demandas y recursos contra resoluciones de Juntas Electorales o las dictadas por la Junta Central Electoral (JCE).

Los 114 casos en que hasta el momento ha sido apoderado el TSE, fueron depositados los días desde el 22 de febrero hasta el 3 de marzo, entre los cuales figuran los días sábados y domingo, cuando se está laborando en jornada de horario extendido.

Casos pertenecen a Azua, Bajo de Haina, Bayaguana, Bonao, Cabrera, Santo Domingo Este, La Vega, Pedernales; Barahona; Santiago; Cotuí; San Juan de La Maguana; San Cristóbal; Vicente Noble; Samaná; Sosúa; Las Matas De Farfán; Puerto Plata; Hato del Yaque; Jaquimeyes; San Pedro de Macorís; Santo Domingo Norte; Juan Herrera, San Juan, y Dajabón, Entre OtrosEn diciembre pasado el Tribunal Superior Electoral dispuso que conocerá en cámara de consejo los expedientes, relativos a recursos de apelación contra resoluciones dictadas por las Juntas Electorales.

Los expedientes serán ventilados en cámara de consejo, siempre respetando el debido proceso; el derecho defensa y el carácter contradictorio, sin perjuicio de la facultad del Tribunal ante las particularidades de determinados casos, de conocerlos en audiencia pública.
Para conocer los expedientes, la Alta Corte habilitó los días sábados y domingos, para dar respuesta adecuada a los casos que sea apoderada.

El procedimiento establecido es que una vez recibido el expediente en la Secretaría General del Tribunal, la Presidencia del mismo dictará auto ordenando al recurrente notificar mediante acto de alguacil su recurso a la parte recurrida, conjuntamente con las pruebas que hubiere depositado en el Tribunal.

La notificación deberá realizarse dentro de las 24 horas de haber retirado el auto que le ordena citar.

Una vez notificado el recurso, la parte recurrente deberá depositar en la Secretaría General del Tribunal el acto de notificación del mismo a la parte recurrida.

Ese depósito se realizará dentro de las 24 horas que sigan a la notificación del recurso.
La parte recurrida deberá depositar en Secretaría General del Tribunal su escrito de defensa conjuntamente con las pruebas que sustenten sus pretensiones, para lo cual dispondrá de un plazo de 48 horas contados a partir de la fecha en que hubiere recibido la notificación del recurso.

Precisa la resolución que una vez depositado el escrito de defensa de la parte recurrida, o transcurrido el plazo otorgado a esos fines sin que dicho escrito sea depositado, el expediente quedará en estado de recibir fallo por parte del Tribunal.

La resolución está firmada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, jueces titulares, y Rubén Darío Cedeño Ureña, secretario general.

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JCE informa representación de la mujer en elecciones municipales alcanzó el 42.84 %

En comparación con el 2020 en las regidurías aumentó un 10.92% y en las vocalías un 13.33%

Santo Domingo, RD. – A propósito del cierre del cómputo electoral realizado en tiempo récord tras finalizadas las elecciones municipales el pasado domingo 18 de febrero, la Junta Central Electoral (JCE) informó que 1,598 mujeres ocuparán los cargos de alcaldesa, vicealcaldesas, regidoras, directoras y vocales, lo que representa el 42.84 % del total de cargos electivos.

En las candidaturas plurinominales, donde aplica la proporción de género, el órgano electoral indicó que, para regidurías las féminas alcanzaron 479 puestos, para un 41.40 %, lo que representa un 10.92 % en comparación con las obtenidas en 2024.

Como suplentes a regidores y regidoras la representación femenina alcanzó 427 espacios, para un 40.40 %; y los hombres 630, para un 59.60 %.

En lo referente a vocales, 301 lugares fueron conquistados por el género femenino, con un 41.12 % para un aumento de un 13.33 % en comparación al periodo anterior.

En lo que concierne a la candidatura uninominal, el género femenino alcanzó 16 de las 158 alcaldías totales a nivel nacional, para un 10.13 %, mientras que los hombres consiguieron 142, para un 89.87 %. Sin embargo, los datos indican que en los puestos de vicealcaldías fue lo contrario, ya que las mujeres obtuvieron 142 posiciones, para el 89.87 %; y los hombres 16, para un 10.13 %.

En tanto que en los cargos de directores y directoras municipales, el sexo femenino conquistó 23 espacios, para un 9.79 %; y el masculino 212, para un 90.21 %.

En las subdirecciones, las mujeres se quedaron con 210 posiciones, para un 90.13 %; y los hombres con solo 23 espacios, totalizando el 9.79 %.

Representación femenina crece en el 2024

En el 2020 en el nivel de las alcaldías las mujeres obtuvieron 19 puestos (12.03 %) y los hombres 139 (87.97 %); mientras que en el 2024, el género masculino logró 142 alcaldías (89.87 %) y las mujeres 16 (10.13%).

En el caso de las regidurías, en el 2020 los hombres obtuvieron 812 (69.76 %) y las mujeres 352 (30.24%); mientras que en el 2024, los hombres lograron 685 regidurías (58.25 %) y las mujeres 484 (41.16 %).

En lo que respecta a los distritos municipales, en el 2020 los hombres alcanzaron 213 (90.64 %) direcciones y las mujeres 22 (9.36 %); mientras que en el 2024 los hombres totalizaron 212 direcciones (90.21 %) y las mujeres 23 (9.79 %).

En lo que concierne a las vocalías, en el 2020 los hombres que ganaron sumaron 532 (72.38 %) y las mujeres 203 (27.62 %); mientras que en el 2024, el género masculino obtuvo 431 vocalías (58.64 %) y las mujeres 301 (40.95 %).

Candidaturas ganadoras por edad

En cuanto a los candidatos y candidatas que ganaron, estos figuran en las siguientes edades:  entre 20 años de edad o menos, se reflejan 26 candidaturas, para un 0.67 %;  21 a 25 años, alcanzaron el triunfo para estas municipales 121 candidaturas, para un 3.13 %; entre 26 a 30 años, 298 candidaturas, para un 7.70 %; entre 31 a 35 años de edad, 444 candidaturas, para un 11.48 %; entre 36 a 40 años, 512 candidaturas, para un 13.23 %; entre 41 a 45 años, 596 candidaturas, para un 15.40 %; entre 46 a 50 años, 543 candidaturas, para un 14.03 %; entre 51 a 55 años de edad, 468 candidaturas, para un 12.10 %; entre 56 a 60 años, 374 candidaturas, para un 9.67 %; entre 61 a 65 años,  213 candidaturas, para un 5.51 %; entre 66 a 70 años, 98 candidaturas, para un 2.53 %; entre 71 a 75 años, 48 candidaturas, para un 1.24 %; entre 76 y 80 años, 7 candidaturas, para un 0.18 %;  y finalmente, las candidatas y candidatos entre 81 a 86 años de edad, solamente  2 candidaturas, para un 0.05 %.  

Para las elecciones de mayo próximo el padrón de votantes de República Dominicana lo conformarán 8,118,214, de los que 4,163,097 son mujeres, para un 51.28 %; y 3.955.117 son hombres, para un 48.72 %.

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Desempeño de la alianza Rescate RD en las pasadas elecciones municipales

Por Alfredo Cruz Polanco.-

En estas humildes reflexiones, luego de los resultados que se obtuvieron en las elecciones municipales del pasado 18 de los corrientes, no pretendemos hacer leñas del árbol caído, pero si hacer algunos señalamientos del rol desempeñado por la alianza Rescate RD en dichos comicios, los cuales pueden resultar de gran utilidad para las próximas elecciones presidenciales y congresuales a celebrase el 19 de mayo, si es que los partidos de oposición, el de la Liberación Dominicana (PLD), el de la Fuerza del Pueblo (FP) y el Revolucionario Dominicano (PRD) pretenden concurrir aliados a dicho certamen electoral.

En la victoria nadie se detiene a analizar y a buscar las razones del triunfo. Es en la derrota que siempre surgen las siguientes interrogantes tratando de buscar las posibles razones y sus causas: ¿Qué se hizo mal?, ¿qué cosa había que hacer y no se hizo?, ¿en qué se falló?, ¿quiénes fallaron o no cumplieron sus obligaciones y responsabilidades?, ¿por qué no se hizo?, ¿qué faltó por hacer?, ¿cuáles fueron las razones para que no se hiciera?, etc.

Lo primero que queremos expresar es que dicha alianza, por la forma como esta se concibió, desde el principio lució muy desarticulada y destemplada, tímida y débil, por lo que no inspiró confianza ni credibilidad en los propios actores ni en la militancia de los partidos que la conformaban. Por la falta de visón, celos políticos o intereses particulares presentes, no se le prestó atención a las provincias y a los municipios más importantes y de mayor votación; no se motivó a los jóvenes y a los nuevos votantes para que ejercieran el voto, que son la mayoría del padrón electoral; esta no mostró capacidad de movilización de los electores para que ejercieran el sufragio, algo vital en una elecciones, de ahí que a quien más afectó la gran abstención manifestada en estas elecciones fue a la propia oposición; la acostumbrada “logística” que en otrora siempre estuvo presente, esta vez brilló por su ausencia. En cambio, esta fue muy notoria, y excesiva en el partido oficial y en sus aliados.

En términos generales dicha alianza no se preparó para estas elecciones municipales, subestimando a un partido en el poder, con tantos aliados y con recursos económicos a borbotones como el PRM. Aun con las debilidades presentadas, esta pudo salir airosa en muchos importantes municipios y distritos municipales del país, si se hubiese fortalecido y cohesionado para enfrentar a un partido oficial que se preparó y unificó con el objetivo de hacer lo que fuera necesario para derrotarla. En muchas provincias y municipios cabeceras esta se mostró muy confiada y con un gran triunfalismo, pero no hizo lo que tenía que hacer para ganar. 

Las elecciones municipales no atraen a una gran cantidad de votantes como las presidenciales. En todos los países se produce una gran abstención, sobre todo, cuando se escogen a candidatos impopulares y cuestionados. En las pasadas elecciones la abstención fue cerca de un 53%. Aunque en definitiva los resultados arrojados en las pasadas elecciones municipales no serán totalmente determinantes para las presidenciales y congresuales de mayo próximo, impactarán sobre ellas, por la percepción que estos produjeron y en razón de que solo restan 85 días para su celebración. Hay que recordar que en las elecciones congresuales de mayo año 2002, el PRD obtuvo 29 senadurías, sin embargo perdió las elecciones presidenciales del 2004. Algo similar puede volver a ocurrir si se deponen ciertas actitudes intransigentes.

Si en verdad se pretende romper con esta percepción y evitar un triunfo del PRM en primera vuelta, se debe conformar una verdadera y sincera alianza estratégica urgente en todas las provincias para las próximas elecciones. Para ello se deben colocar los intereses del país por encima de los particulares y partidarios. La misma debe ser sellada mediante un acto masivo, similar al que celebró el Frente Patriótico en 1996. Una segunda vuelta le permitirá a la alianza 45 días adicionales de campaña. Si hay que sacrificar algunas candidaturas se debe hacer.

En caso de que dichos partidos persistan en concurrir cada uno por separado a dichas elecciones, sería la crónica de una muerte anunciada. No se debe correr el riesgo de que habrá una segunda vuelta. No hay tiempo que perder.

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Danilo y Leonel: Ahora obligados pactar 

POR CARLOS NINA GOMEZ
(carlosninagomez@yahoo.com)

Tras los resultados de las tan esperadas elecciones municipales celebradas el pasado domingo -ganadas en forma avasallante- por el oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM), debo reiterar el criterio que he asentado varias veces ante la opinión pública. Y lo resumo en estas brevísimas líneas: «La política es la ciencia de lo posible».

A tan certera y científica frase le agrego -para justificar todo el contenido de este trabajo- que el dirigente político, sin importar su estatura de liderazgo, que no asimile la citada máxima, nunca verá concretados sus proyectos. 

¡Y siempre será un claro perdedor! 

De esa manera, obviamente, su equivocada estrategia no le permitirá alcanzar la cima…y la cima es lo que más anhela u dirigente político. Su alto objetivo, en el marco del sistema democrático que tenemos en nuestros países, es llegar al poder del Estado.

Es una sencilla conclusión al “desdibujar” lo que encierra la sintética frase de que “la política es la ciencia de lo posible”.

Me permito, a propósito de la amarga derrota sufrida por los opositores al gobierno, y que hasta sorprendió (¿?) a gente del pueblo llano que simpatiza con el exresidente Leonel Fernández, cito el punto de vista que sobre el particular expuso el veterano periodista Alfredo Freites: «Limpiamos las heridas, enterramos a los muertos y seguimos al combate verdadero que es mayo: Leonel es la vuelta».

En la víspera del certamen comicial, se creyó que los partidos agrupados en la Alianza Recate -RD (PLD, Fuerza del Pueblo y PRD) habían realizado una buena campaña, que pudiera dar al traste con la ganancia de una considerable cantidad de alcaldías.

Entre ellas las importantes alcaldías de Santiago y la capital porque presentaba a dos buenos candidatos: Domingo Contreras y Víctor Fadul.

Ya pasados los comicios municipales, que con su victoria celebran ruidosamente el PRM y los sus aliados, lo que más importa es que los perdidizos reflexionen y lo hagan con actitud inteligente.

  La única decisión válida -después de analizar todas las aristas posibles- que tienen las cúpulas del PLD, FP y PRD, es concretar la verdadera alianza.

 Oficializar -y hacerlo afincado en la realidad electoral del momento- un acuerdo práctico,  que se firme ya, antes de la legalidad que permite la Junta Central Electoral.Un acuerdo político de esa naturaleza, tan decisivo para la contienda de mayo, solo se concretaría si Danilo Medina y Leonel Fernández pactan y dejan atrás sus viejas diferencias las cuales no son antagónicas. De lo contrario -y soy bastante claro y sincero al respecto- no podrán frenar la reelección de Abinader.

¡Así de sencillo!

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La izquierda frente al reto de tomar el poder municipal

Por Samuel Sánchez E. (*)

Pasadas las elecciones municipales, el movimiento progresista y de izquierda tiene en frente el momento preciso para iniciar desde febrero, el trabajo de base, callejón por callejón para “tomar” los cabildos y las salas capitulares desde donde desarrollar políticas públicas posibles, coherentes, sensatas, democráticas y transparentes, que impacten positivamente la vida de los munícipes.  

La realidad política actual, obliga a la corriente progresista dominicana buscar nuevas formas de concretar su visión de sociedad y la vía idónea es volcarse hacia el municipio y el congreso y regresar a los métodos artesanales de hacer política, con la gente, para la gente y donde la gente.

Me inscribo en la línea que establece que ese esfuerzo debe ser a pulmón, construyendo fuerzas con identidad político-ideológica propia, lejos de los PRM, PLD, FP etc. Un proyecto político decente que renuncie a privilegios y pretensiones más allá del servicio público.

Parte de la responsabilidad de la izquierda en un proyecto político de nuevo tipo orientado a servirle a los trabajadores desde lo local, lleva implícito el compromiso de la formación política y la capacitación para el desempeño de su militancia, empezando por entender que hacer política desde esta visión, es optar por vocación de pobreza pues un compromiso inquebrantable, debe ser que por estas vías jamás se busca enriquecimiento con los bienes públicos.   

Plantearse tomar el territorio a través de los ayuntamientos significa una reformulación total de los proyectos políticos a corto, mediano y largo plazo; estudiar de forma consciente, los municipios y distritos municipales donde haya mas presencia, preparar en la materia a militantes potencialmente candidatos locales y presentar una agenda especifica que permita el desarrollo local teniendo como punta de lanza, el municipio.

 A mi juicio, el primer reto del movimiento progresista y de izquierda debe ser la transformación de lo que hoy son los cabildos, su rol y su impacto en la vida de los vecinos, para ello, el movimiento debe trabajar en propuestas concretas que establezcan en que debe consistir esa transformación y aunar esfuerzos con otros sectores para que el congreso nacional modifique la ley respectiva.

Nuestra responsabilidad es construir alternativas de poder y que el pueblo pueda medir pequeñas victorias y ver mejorar sus condiciones materiales de vida.

Con el triunfo del pasado 18 de febrero, muchos perremesitas están borrachos de poder y no estoy seguro que su alta dirigencia tenga conciencia de la enorme responsabilidad que tienen frente a la ciudadanía con el control casi absoluto de la municipalidad, tomando en cuenta la casi inexistente formación política de esa organización para sus oficiales electos y el deseo de que esa posición publica sea la vía para “recuperar” lo “invertido” en la campaña electoral.

Todos sabemos que el PRM no hará nada trascendente desde los ayuntamientos y que los votantes volverán a decepcionarse, y soy categórico cuando digo que estos son más de lo mismo, porque en esta campaña electoral no hubo propuestas de reformas de la ley municipal, la Liga Municipal Dominicana entre otros y si mucho, ron, ruido, pica pollo y compra de cédulas.

La izquierda no puede quedarse cruzada de brazos y ver llegar el 2028 para correr y montar candidaturas  a última hora para reeditar el fracaso; NO, se deben iniciar jornadas internas que lancen sus mejores cuadros a las calles a montar el proyecto de tomar los cabildos para hacer avanzar el proyecto que coloque a los trabajadores en el ojo de las políticas públicas y ese trabajo se inicia hoy.  

(*) Samuel Sánchez Coordina el espacio Colectivo Causa Común.

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Presidente JCE y fiscal Electoral pasan balance elecciones municipales; tratan sobre crímenes y delitos electorales

Santo Domingo.- El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Jáquez Liranzo, y el titular de la Procuraduría Especializada contra Crímenes y Delitos Electorales, Iván Feliz Vargas, se reunieron la tarde de este jueves para pasar balance a las pasadas elecciones municipales.

La reunión entre ambos se efectuó en el despacho del presidente del órgano electoral, en la sede central de la JCE, donde conversaron sobre los crímenes y delitos electorales.

Desde la noche del pasado 18 de febrero, los observadores electorales nacionales e internacionales han ido rindiendo sus informes sobre el proceso, en los cuales destacan la buena organización del proceso electoral, felicitando a la Junta Central Electoral por la jornada, la cual calificaron de exitosa y de consolidación de la democracia.  

Algunos observadores electorales han resaltado la necesidad de combatir los crímenes y delitos electorales que todavía persisten, como la compra y venta del voto y de cédulas.

El presidente de la JCE dijo que cada recomendación que sea de competencia del órgano electoral y sea de mejora para la institución y el fortalecimiento de la democracia, será tomada en cuenta para las elecciones del próximo 19 de mayo de 2024 y de una posible segunda vuelta en junio.

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Elecciones municipales resultados entre apatías y abstenciones

Por Alejandro Santos.-

Dos fenómenos se acentuaron en las pasadas elecciones municipales, uno tiene que ver con la indiferencia por falta de motivación de un amplio espectro de la población dominicana votante y el otro está relacionado con al alto nivel de abstención.

Son dos acontecimientos que lucen similares, pero que realmente tienen ribetes totalmente diferentes.

Es altamente preocupante que la sumatoria entre apatías y abstenciones haya alcanzado hasta un 70% en muchos municipios del país.

Sobre los militantes y simpatizantes del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y de la Fuerza del Pueblo, se puede inferir fácilmente que presentaron una apatía notablemente marcada en su falta de interés por asistir a votar.

Debería ser un tema de profunda preocupación y estudio para los partidos de oposición las razones que llevaron a sus seguidores a tomar la decisión de no acudir a ejercer el voto a su favor.

Obviamente, el PLD, la Fuerza del Pueblo, y el PRD tendrán que hacer una mirada introspectiva sobre la vigencia de sus respectivos liderazgos y la conexión de sus propuestas con las aspiraciones de la sociedad dominicana de hoy.

Es saludable para el sistema de partidos dominicanos que la población no pierda totalmente la confianza y la credibilidad en sus organizaciones partidarias.

Lo mejor para el país es que los partidos políticos continúen fortalecidos y renovando sus fuerzas.

Respeto al fenómeno de la abstención, que tiene diversas causas, la que se induce por medio del uso del dinero, seguramente es la más preponderante.

Lamentablemente se ha ido haciendo rutinario en los procesos electorales dominicanos, ejercer deliberadamente ciertas manipulaciones, para evitar la ejecución del voto del contrario, utilizando el dinero para doblar o comprar voluntades.

Los niveles altos de abstención inducida, debe ser una práctica que tiene que detenerse. Es conveniente legislar para poner sanciones más severas a quienes ejecutan estas acciones, que al final terminan haciendo bastante daño a la vida democrática de nuestro país.

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