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SIPEN, UNIPAGO y los de aportes mixtos

POR J. LUIS ROJAS
(lrojas50@hotmail.com)

Tal y como se muestra en el sitio web de la Empresa Procesadora de la Base de Datos (EPBD/UNIPAGO), ésta tiene como misión: “ejecutar el procesamiento y flujo de la información entre los participantes del SDSS con la más alta confiabilidad, eficiencia, oportunidad y seguridad, mediante la integración de alta tecnología y elevados niveles de servicio, sustentados en un equipo de recursos humanos altamente calificado y comprometido, satisfaciendo a la vez las expectativas de todos nuestros relacionados”.

EPBD/UNIPAGO es una sociedad privada que opera contratada por el Patronato de Recaudo e Informática de la Seguridad Social, PRISS, mediante concesión del CNSS y por cuenta de la TSS, con el objetivo de administrar el Sistema Único de Información y Recaudo, SUIR, para realizar el procesamiento de las informaciones sobre afiliación, recaudación, clasificación y distribución de pagos. Para más precisión, la relación entre la Superintendencia de Pensiones y APBD/UNIPAGO, viene desde 2003, mediante la Resolución 41-03.

En cambio, en el ámbito de la teoría, la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) es la entidad estatal autónoma con personalidad jurídica y patrimonio propio, que a nombre del Estado Dominicano ejerce la función de velar por el cumplimiento de la ley 87-01, sus modificaciones y sus normas complementarias, en cuanto al régimen de pensiones. En los hechos, lo que se aprecia es que los chicos de la SIPEN defienden más los intereses de la ADAFP que los derechos de los afiliados de la seguridad social.

Es inadmisible que el Superintendente de Pensiones, señor Francisco A. Torres, solo visite a los medios de comunicación para decirle a la opinión pública la enorme cantidad de millones de pesos que poseen los Fondos de Pensiones, los que en la teoría son de los trabajadores, pero en los hechos, quienes finalmente deciden lo que se hace y hará con dicho dinero, son las AFP, las que a su vez son filiales de las principales entidades financieras y aseguradoras de RD (Banco Popular, Banreservas, BHD, Scotiabank, General de Seguros, entre otras.

Es preocupante y sospechoso el silencio y la falta de información pública, con respecto al proceso de separar los aportes mixtos (publico/privado), disponibles en las Cuentas de Capitalización Individual de los afiliados que desean traspasar sus fondos a Hacienda. Dicha tarea, es una responsabilidad de la SIPEN. Para lo cual, se auxilia de EPBD/UNIPAGO, una empresa, la que se supone, cuenta con sobrada capacidad tecnológica y experiencia en la gestión de grandes y complejos volúmenes de informaciones. Sin embargo, en este caso particular, ha sido lenta e ineficiente, para segregar los aportes mixtos de los trabajadores que han sido beneficiados con la Resolución No. 572-02.

El silencio de la SIPEN y EPBD/UNIPAGO, preocupa a los afiliados que desde enero del presente año, sus solicitudes de traspasos fueron aprobadas por la Comisión Interinstitucional Evaluadora, y casi cuatro meses después, no saben qué ha pasado con la segregación de sus aportes mixtos. En la Resolución No. 479-24 de la Superintendencia de Pensiones, sobre procesos operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, fondos y planes sustitutivos, se establecen plazos específicos, en los que la SIPEN y la EPBD/UNIPAGO tienen que realizar los traspasos de CCI al Sistema de Reparto, así como segregar los casos de los afiliados con aportes mixtos (público/privado). Como se ha establecido, los aportes que provienen del sector privado permanecerán en la Cuenta de Capitalización Individual (AFP), los cuales serán entregados a los afiliados cuando decidan retirarse de manera definitiva. Otra vez, la SIPEN jugando en el equipo de la ADAFP.

Un ejemplo fehaciente del silencio que rodea a la SIPEN y a EPBD/UNIPAGO, es el caso de Ángel Rosado, el cual tiene aportes mixtos (público/privado) y amparado en las Resoluciones 572-07 y 579-02, emitidas por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), así como por la 479-24 de la SIPEN, y la No. 579-02, emitida por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), solicitó su traspaso desde CCI a Reparto, el 15 de agosto de 2023 a través de la DIDA. Luego, el 11 de diciembre de 2023, la Comisión Interinstitucional Evaluadora aprobó la referida solicitud, en el grupo o lote número 185/2023.

Según los plazos establecidos en las Resoluciones 479-24 y 579-02, aprobadas por la SIPEN y el CNSS respectivamente, el traspaso de Ángel a Reparto debió efectuarse el 21 de marzo de 2024, sin embargo, la respuesta de SIPEN y EPBD/UNIPAGO al caso de Ángel, ha sido el silencio total. Igual que Ángel Rosario, son muchos los servidores públicos que esperan ansiosos y con incertidumbre, que los funcionarios de SIPEN y EPBD/UNIPAGO, cumplan con sus respectivas responsabilidades en los plazos establecidos en las diferentes resoluciones emitidas para tales fines. Dicho en otras palabras, parecería que detrás del silencio de SIPEN y de UNIPAGO, hay gato entre macuto.

Solo como anotación, se recuerda que en el artículo 22 (Procedimiento) del Manual de Procedimientos sobre el Traspaso del Sistema de Cuenta de Capitalización Individual al Sistema de Reparto de servidores públicos con derechos adquiridos a pensión en el Sistema de Reparto Estatal, se estable lo siguiente: “La recepción de solicitudes, verificación de requisitos, forma de sesionar, elaboración Actas y todo el proceso administrativo respecto al proceso evaluación reconocimiento aportes público/privado a trabajadores del sector público, llevarán el mismo curso de las solicitudes regulares de traspaso del Sistema de Capitalización Individual al Sistema de Reparto Estatal, variando solo los criterios de evaluación por la naturaleza distinta de estos casos”.

Tomando en cuenta la misión del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), éste debería supervisar más y mejor el cumplimiento de las resoluciones que de manera continua aprueba, así como vigilar con mayor efectividad el desempeño de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) y las actuaciones de la Comisión Interinstitucional Evaluadora.

– Los artículos de opinión publicados en este diario no reflejan necesariamente la posición editorial de ÚLTIMAS NOTICIAS. Cualquier persona interesada en publicar un artículo puede hacerlo solo enviándonos el texto con el nombre completo del autor y una fotografía al correo: ultimasnoticias2013@gmail.com

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¿Qué está pasando con los operativos de traspasos?

POR J. LUIS ROJAS
(lrojas50@hotmail.com)

Los denominados operativos de traspasos son una de las tantas y odiosas fases que integran el lento, burocrático, chueco e ineficiente proceso de aplicación de la Resolución 572-07, la cual fue aprobada el 6 de julio de 2023 por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS). Mediante este mecanismo, la Superintendente de Pensiones (SIPEN), en coordinación con la Empresa Procesadora de la Base de Datos (EPBD), remite a las respectivas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), los casos evaluados y aprobados por la Comisión Interinstitucional Evaluadora, con la finalidad de llevar a cabo los traspasos desde CCI al Sistema de Reparto.

Tal y como se define en la Resolución No. 479-24 de la SIPEN, la EPBD es una empresa que opera mediante concesión otorgada por la Tesorería de la Seguridad Social, con el objeto de administrar el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR) en el entendido de que realizará el procedimiento de la información, recaudación y clasificación de pagos. En palabras llanas, la SIPEN gestiona los operativos de traspasos a través de dicha empresa. Es decir, la SIPEN y la EPBD, además de realizar los traspasos de fondos de las AFP a Hacienda, también tienen que segregar los aportes que provienen del sector privado de los que vienen del empleador público.

En la Resolución No. 479-24 de la Superintendencia de Pensiones, sobre procesos operativos para las Administradoras de Fondos de Pensiones, fondos y planes sustitutivos, se establecen plazos específicos, en los que la SIPEN y la EPBD tienen que realizar los traspasos de CCI al Sistema de Reparto, así como segregar los casos de los afiliados con aportes mixtos (empleador privado y empleador público). Como se ha establecido, los aportes que provienen del sector privado permanecerán en la Cuenta de Capitalización Individual (AFP), los cuales serán entregados a los afiliados cuando decidan retirarse de manera definitiva. Otra vez, la SIPEN jugando en el equipo de la ADAFP

Tomando como punto de referencia las Resoluciones 479-24 de la SIPEN y la No. 579-02, emitida por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), el 16 de noviembre del 2023, en la que se aprueba el Manual de Procedimientos de la Comisión Evaluadora de Traspasos, para el traspaso desde el Sistema de Cuenta de Capitalización Individual al Sistema de Reparto Estatal, todos los plazos establecidos para tales fines se han vencido. En el marco de la inteligencia artificial y de la vitalización, no debería ser tan complicado segregar de una Cuenta de Capitalización Individual, los montos que provienen del sector privado y los que proceden del público. Los traspasos con aportes mixtos van como entierro de pobre.

Todo parece indicar que los conflictos de intereses, la burocracia ineficiente y la falta de sinergia entre las instituciones que integran el Sistema Dominicano de Seguridad Social, son algunas de las fuerzas restrictivas que han estado incidiendo para que los traspasos de aquellos afiliados con aportes mixtos en sus Cuentas de Capitalización Individual, no se hayan concretados. Desde enero del presente año, la SIPEN está recibiendo casos aprobados por la Comisión Interinstitucional Evaluadora, para el traspaso definitivo hacia el Sistema de Reparto. Muchos de esos casos fueron remitidos a la empresa procesadora de la base de datos del Sistema Dominicano de Seguridad Social, con la finalidad de que ésta lleve a cabo los traspasos correspondientes. Entiéndase, los afiliados que tienen aportes solo del sector público y los que en sus Cuentas de Capitalización Individual poseen aportes mixtos.

Las fases sustanciales del proceso de aplicación de la Resolución No. 572-07, aprobada por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) el 6 de julio de 2023, están prácticamente paralizadas. Por ejemplo, desde febrero de 2024 la Comisión Interinstitucional Evaluadora, la cual está conformada por la DIDA, miembro que coordina la comisión con voz y voto, SIPEN, y en calidad de observadores, con voz y sin voto la DGJP y la ADAFP), no ha vuelto a conocer, evaluar y aprobar solicitudes de traspasos desde CCI al Sistema de Reparto. Además, la SIPEN no ha hecho lo posible para lograr traspasar el primer caso con aportes mixtos. En cambio, el número de traspasos a Hacienda de afiliados solo con aportes del sector público es pírrico e insignificante, en función a los plazos establecidos.  

A juzgar por las quejas y los niveles de insatisfacción que diariamente manifiestan los afiliados a la seguridad social, la DIDA, SIPEN y la DGJP, sean las instituciones públicas con los peores sistemas de información pública y de servicio a los ciudadanos-clientes. Son muchos los ciudadanos que cuando requieren una información o servicio de estas entidades, prefieren ir presencialmente, ante de hacer el intento de comunicarse vía telefónica o correo electrónico con cada una de ellas. Todo parece indicar que, para estas instituciones públicas, los afiliados son bolitas de chivos. En algunas de ellas, prometen entregar determinadas informaciones, las que luego nunca son entregadas.

Como ha dicho Ruperto, el cual tiene en su Cuenta de Capitalización Individual casi seis millones de pesos dominicanos. Sus aportes provienen de los sectores privado y público, es decir mixto. Su solicitud de traspaso desde CCI a Reparto fue aprobada en noviembre de 2023, por la Comisión Interinstitucional Evaluadora y remitida en enero de 2024 a la SIPEN. Las visitas y llamadas telefónicas a la DIDA, a la SIPEN y a la AFP que negocia con sus fondos, suman más 97. Pese a sus 63 años de edad y a los 33 trabajado para el Estado dominicano, a Ruperto, ninguna de estas entidades de servicio público, han tenido la cortesía, gentileza e iniciativa de explicarle las razones por las que la EPBD no ha segregado sus aportes privados de los públicos, y con ello traspasar sus fondos a Reparto y que la AFP continue negociando con el monto restante. 

Recuérdese que la Resolución No. 572-07, aprobada el 6 de julio de 2023 por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), dispone que: “Se aprueba el retorno voluntario al Sistema de Reparto Estatal para todos aquellos trabajadores que estuvieron activos bajo el amparo del Sistema de Reparto Estatal previo y/o al momento del inicio del Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia de la Ley 87-01 Sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, siempre que cumplan los requisitos de edad y/o tiempo en servicio necesarios para recibir una pensión en el Sistema de Reparto Estatal por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado del Ministerio de Hacienda (DGJP)”.

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AFILIACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Por Arismendi Díaz Santana.-

Los trabajadores autónomos representan el 57% de la PEA, aportan más del 15% del PIB y generan millones de empleos, por lo que merecen una mayor atención de las autoridades de la Seguridad Social

La afiliación de los trabajadores por cuenta propia o independientes continúa siendo uno de los mayores desafíos de los sistemas de seguridad social. Mucho más en América Latina donde, como en nuestro país, la gran mayoría de estos trabajadores realizan su labor sin estar registrados, ni habilitados por el Estado.

El tema va y viene, año tras año, con muy pocos avances porque, siendo un problema muy complejo, se tratan de aplicar soluciones muy simples, poco viables, de espalda a las características laborales, económicas y organizativas de esos trabajadores. Se les induce a afiliarse al Contributivo cubriendo el 100% del costo, lo cual implica un sacrificio muy grande. O se les afilia al Subsidiado, sin realizar ningún aporte, a pesar de que el 70% tiene capacidad contributiva.

En esta semana la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) celebra en El Salvador un Congreso con los objetivos de “promover la ampliación de la cobertura en Seguridad Social a colectivos de difícil inclusión, y conocer las experiencias exitosas en Iberoamérica”, con la participación de la DIDA. Esperamos que surjan ideas creativas en esa dirección.

La Ley 87-01 que creó el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) estableció el Régimen Contributivo Subsidiado (RCS), que les otorga un tratamiento especial a los trabajadores por cuenta propia, tomando en cuenta sus características laborales, su nivel de organización y su importancia social. Constituyen el 57% de la población económicamente activa (PEA), generan millones de empleos y aportan más del 15% del PIB.

Un sistema de seguridad social universal, obligatorio y solidario, no puede soslayar esta realidad objetiva: 1) que en el país la informalidad es estructural y no coyuntural; 2) que los trabajadores autónomos constituyen la mayoría de los trabajadores dominicanos; y 3) que tienen características laborales, organizativas y contables muy diferentes.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Mano de Obra del Banco Central, alrededor del 70% de los trabajadores independientes declara ingresos superiores al salario mínimo nacional, por lo que califica para el RCS, mediante un aporte propio y un subsidio inversamente proporcional al ingreso promedio mensual. El 30% restante corresponde al Régimen Subsidiado.

Desde luego, la incorporación de los trabajadores autónomos y de difícil afiliación requiere de flexibilidad, innovación, educación y persistencia. No obstante, lejos de aceptar este desafío, hace cinco años las autoridades sometieron un proyecto de ley para eliminar el Régimen Contributivo Subsidiado, incorporando a esa amplia población a uno de los dos regímenes restantes. El mismo fue desestimado.

Algunos técnicos y autoridades han rechazado a priori este nuevo régimen, a pesar de la existencia de tres estudios independientes que confirmaron su viabilidad técnica y financiera. El primero fue elaborado por nosotros mediante concurso de la SIPEN, y los otros dos, por expertos calificados de la OIT y de la OPS, respectivamente.

A finales del 2020, las autoridades nacionales y el CNSS optaron por afiliar a todos los trabajadores por cuenta propia al Régimen Subsidiado del SENASA. De esta forma, quedaron privados del derecho a la libre elección, obligándolos a acudir a servicios públicos considerados de baja calidad, incompletos y poco oportunos.

Esta indecisión tiene un alto costo financiero y social: 1) muchos no utilizan el carnet y continúan comprando un seguro médico privado cubriendo su costo total; 2) el país pierde la oportunidad de ir avanzando hacia la formalidad laboral; y 3) su afiliación como subsidiados les impide cotizar y acumular para recibir una pensión, al momento de su retiro.

La Fundación Seguridad Social Para Todos (FSSPT) hace un llamado a las autoridades nacionales a una debida ponderación de las opciones disponibles a partir de la Ley 87-01, tomando en cuenta las características específicas de los trabajadores autónomos y su importancia en la generación de empleos y de riqueza social.

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SIPEN y ADAFP se burlan del pueblo dominicano

Por Luis Holguín-Veras Martínez.-

El pasado 5 de febrero de 2024 se publicó en la sección de Noticias de la página web de la Presidencia de la República una reseña titulada “Sipen y ADAFP presentan plan de educación sobre pensiones Conocetufuturo.do”.  Desde que nos llegó la información, procedimos a entrar a la dirección virtual para conocer la aplicación desarrollada y que fue presentada como un “portal informativo donde las personas podrán conocer cuál es su situación actual en cuanto al ahorro para su retiro y las posibilidades de su mejoría.”

La noticia también decía que “Francisco A. Torres, superintendente de Pensiones, informó que el portal tendrá informaciones relevantes sobre los beneficios del Sistema Dominicano de Pensiones, dando así un impulso a las acciones necesarias para que las personas conozcan las bondades del sistema previsional y se empoderen con miras a mejorar la relación de la población con el sistema.”

Entusiasmado, entré a la dirección del portal www.conocetufuturo.do y fui respondiendo distintas preguntas que parecían le permitirían a la aplicación ofrecerme la información que el Sistema de Pensiones me ofrecerá para mi retiro y pensión.

El sistema me solicitó informaciones como: nombre, edad, sexo, la edad en la que inicié a trabajar como empleado, si en algún momento dejé de trabajar en el país y en ese caso cuántos años estimo que en total dejé de trabajar.

Todas estas preguntas me reforzaban la idea de que recibiría información de las opciones que el actual Sistema de Pensiones me ofrece, sin embargo, las siguientes preguntas me parecieron extrañas.

¿Cuál sería el lugar ideal para el retiro de tus sueños? Dándome las siguientes cuatro opciones de lugares ideales para retiro: Ciudad, Campo, Montaña y Playa.  La verdad es que me animé, pues pensé que las autoridades tenían lista una reforma no anunciada de grandes mejoras en el sistema de pensiones que permitiría que los pensionados pudiéramos tener la oportunidad de decidir retirarnos al lugar de nuestros sueños.  No puede ser posible, pensé, que con los deficientes beneficios que ofrecen las AFP para las personas afiliadas, la SIPEN y la ADAFP tengan la desfachatez de hacerle a los trabajadores afiliados a la seguridad social estas preguntas.

Me parecía imposible que esta pregunta la hicieran la SIPEN y la ADAFP, por ser dos organizaciones tan importantes en el actual sistema de pensiones, el mismo que condena a la indigencia a las personas afiliadas que lleguen a calificar para recibir algunas de las opciones de prestaciones previsionales que ofrece el sistema de capitalización individual.

No me imagino las respuestas que le daría cualquiera de las personas pensionadas o cualquiera de los servidores públicos que hemos tenido que reclamar día a día el reconocimiento de nuestro derecho a pensión por el sistema de reparto estatal, hasta lograr que el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y que aún seguimos luchando para que lo ejecuten oportuna y cabalmente.

Lo único que me surgió decir fue “Esto es una burla”.

Luego de preguntar ¿Cómo quieres que te enviemos la proyección de tu futuro?, presentando sólo dos opciones, no quiero que me la envíen y aportar la dirección electrónica a la que desea que se le envíe “La proyección de tu futuro”.

El mensaje resultante de las estimaciones realizadas por la aplicación que la Presidencia, la SIPEN y la ADAFP anuncian con gran algarabía me dejó indignado, el mensaje decía:

¡Buenas Noticias Luis!
¡Estás a tiempo para retirarte en la montaña!

Según lo que nos has contado existe la posibilidad de que superes todos los requisitos mínimos y cuentes con una excelente proyección para tu pensión al momento de tu retiro.

Más adelante otro mensaje me parecía ofensivo:

“Tu deseo de disfrutar del aire fresco y la tranquilidad de la montaña en tu momento de retiro puede ser una opción alcanzable para ti. A continuación te compartimos algunas opciones y alternativas que puedes explorar para maximizar tus beneficios durante el tiempo que queda de tu vida laboral.”

Luego en la introducción a un video titulado ¿Cómo Funciona el Sistema Dominicano de Pensiones? se nos dice “La pensión es el dinero que recibes todos los meses cuando es tiempo de retirarte y ya no quieras o no puedas trabajar. Ese dinero sale de tu fondo de pensión y aquí te explicamos cómo funciona.”

Me quedé esperando que anunciaran que las pensiones son vitalicias, en cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, pero no, se limitaron a continuar afirmando que “Ese dinero sale de tu fondo de pensión”.

El referido video resultó más frustrante que todo lo presentado en la plataforma, ya que reafirma la concepción meramente financiera que tienen las autoridades y la ADAFP de lo que es el sistema dominicano de pensiones.

Al parecer el propósito del video es transmitir la idea al espectador, de que el aporte de los trabajadores y de los empleadores es muy pequeño y que la rentabilidad lograda por las AFP son los mayores aportes que han hecho crecer el fondo de cada afiliado.

Para explicar cómo funciona el sistema de pensiones, en el video se usa la imagen de un Tinaco de Agua, que representa la Cuenta Personal del Afiliado y donde el agua es el dinero que ingresa al Tinaco.

El video explica que para llenar el Tinaco se necesitan tres tuberías de agua:  La primera sale de nuestro sueldo como trabajador y dice que “sólo echas un poquito de agua”.  En un país que tiene sueldos bajos, que no se corresponden con el Costo de la Canasta Familiar, con altos impuestos y que no tienen una retribución acorde con la productividad, ni las ganancias de las empresas, afirmar que el aporte del trabajador es un poquito, es injusto.

El video continúa explicando que “la segunda tubería, echa más agua y es responsabilidad de tu empleador”.

“La tercera es el trabajo que hacen las AFP, haciendo crecer el agua para que tengas suficiente y puedas utilizarla en el futuro”. Esta tercera tubería es mucho mayor que las de los aportes de los trabajadores y de los empleadores.

Finalmente, el video explica que “Como puede ver, el Sistema Dominicano de Pensiones está pensado para que cuando estés retirado y ya no quieras o no puedas trabajar, tengas una reserva de agua (Dinero), para que puedas utilizarla a tu conveniencia.”

El video, al usar el Tinaco como símil de la Cuenta Personal de cada Afiliado, refleja magníficamente la forma en la que la SIPEN y la ADAFP la entienden, es decir, sólo destacan los aportes del sistema de capitalización individual a la macroeconomía, el incremento del ahorro nacional, y otros aportes económicos, pero no se refieren a lo que reciben los dueños reales de ese dinero, que son las personas afiliadas, así como los beneficios que reciben las AFP.

En ningún momento estos hablan de la tasa de retorno que recibirán las personas afiliadas al momento de pensionarse.  Vale la pena recordar que la misma SIPEN ha calculado que aquellos pocos que lleguen a calificar para una pensión en el sistema de capitalización individual, porque llegaron a cotizar por 30 años y llegaron a cumplir los 60 años de edad, recibirán una pensión que no será superior a un 30% del salario con el que estas personas cotizaron.

En la imagen del Tinaco, utilizada en el video, la SIPEN y la ADAFP les faltó reflejar las tuberías de servicios o de beneficios. Debería incluirse la gran tubería de salida de agua (Dinero) de cada Tinaco de las Personas Afiliadas que corresponde a las ganancias de las AFP, que el año pasado fue del 1.1% anual del monto acumulado en dicha cuenta (Tinaco) y que este año 2024 es de un 1.05% anual de total de dicho Fondo.

Así mismo deberían reflejarse las tuberías que suplen las diferentes opciones de prestaciones ofrecidas a las personas afiliadas por las AFP, de las cuales sólo se mencionan los montos totales, pero no se presenta la cantidad de personas beneficiadas y los montos correspondientes a cada una de ellas.

Lo más importante del Sistema Dominicano de Pensiones es la certidumbre que pueda garantizar a las personas afiliadas, sin embargo, la SIPEN y la ADAFP sólo priorizan el aspecto financiero, llegando a ignorar o afectar los derechos de las personas afiliadas.

En definitiva, consideramos que la campaña Conoce tu Futuro no es más que un programa de adoctrinamiento, que menosprecia el aporte del trabajador y del empleador, sobre dimensionando el aporte por la rentabilidad que logran las AFP al invertir los fondos de los afiliados, todo esto obviando el tema de lo poco que reciben las personas afiliadas del sistema previsional, cuando ya no está en capacidad de continuar trabajando y necesitan de un ingreso que le permita vivir dignamente.

Esperamos que el Tablero Interactivo de Estadística Previsional anunciado por la SIPEN y que al parecer estará disponible en su portal web, no oculte las informaciones sobre lo que reciben las personas afiliadas.

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Esperan que Superintendente de Pensiones defienda Intereses y Derechos de Personas Afiliadas

Por Luis Holguín-Veras Martínez (*)

En el Periódico Hoy, en su edición del 5 de febrero de 2024 nos encontramos con una reseña de la participación del superintendente de Pensiones, Francisco Torres Díaz, invitado en el Encuentro Económico de HOY, en dicho artículo se cita que el superintendente “resaltó que la rentabilidad de los fondos pensiones supera RD$600 mil millones.” Ha publicado hoy 5 de febrero de 2024 el Periódico Hoy.

Consideramos que esto que se presenta como un gran logro, pero esto no tiene nada de extraño, en un sistema de ahorro obligatorio como lo es el actual sistema de pensiones. Es más, consideramos que si las AFP tuvieran incentivos a obtener mayor rentabilidad, los resultados a los que la SIPEN normalmente hacen referencia, así como la ADAFP, de seguro serían mucho mejores.

Lo interesante sería que el alto funcionario del actual sistema de pensiones dominicano, explicara cómo esos logros en la rentabilidad beneficiarán a las personas afiliadas, es decir, si con ellos se aumenta el porcentaje de retorno que tendrán las personas afiliadas en la pensión que este sistema les otorgará cuando acumulen las 360 cotizaciones requeridas, que equivalen a 30 años cotizando.

Así mismo, el superintendente debería incluir en sus presentaciones a la prensa los montos y
porcentajes con respecto al salario de cotización que el sistema de capitalización individual les ofrecerá a las personas afiliadas que no lleguen a completar las 360 cotizaciones requeridas para pensionarse.

Así mismo el funcionario puntualizó que “esas cifras son a pesar de que en el sistema de pensiones hay cinco millones de afiliados, de los cuales solo cotiza 2.1 millones, debido al desplazamiento constante de trabajadores de la formalidad a la informalidad y viceversa.”

Un tema que el superintendente siempre olvida tocar es la comparación entre las ganancias de las AFP por cada persona afiliada cuyo fondo personal es administrado obligatoriamente por una AFP y los distintos beneficios que recibirán las personas afiliadas y las condiciones de cada uno de dichos beneficios.

El periódico Hoy cita las declaraciones del superintendente que dijo que “Los fondos de pensiones son el ahorro nacional más grande con el que cuenta nuestro país. La misma Ley 87-01 específica que estos recursos deberán priorizar la inversión en sectores que contribuyan al desarrollo y el fortalecimiento de nuestra economía. En los 20 años que han transcurrido desde el inicio de recaudación del Sistema de Pensiones, ha quedado demostrado el impacto que ha tenido la acumulación de estos recursos”.

Da pena, que el superintendente sólo destaque el resultado del impacto de este ahorro obligatorio como la gran conquista y no pueda referirse a ningún logro para las personas afiliadas.

Ojalá que cuando digan los montos que han entregado a las personas afiliadas, digan también los montos que han recibido cada uno de ellos y el porcentaje que ese monto representa con respecto al salario que devengaba cada uno de ellos.

Ojalá que el superintendente aclare cuáles con las condiciones con las que se otorgan cada uno de esas prestaciones.

Ojalá que no sólo pensemos en los totales de esos montos, sino en los derechos de las personas afiliadas y en cómo el actual sistema además de no garantizarles nada, ha incrementado su incertidumbre al no poder contar con instituciones, ni funcionarios, que cumplan con su responsabilidad como Funcionarios Públicos de cumplir y hacer cumplir las leyes del país y de garantizar los derechos fundamentales que establece nuestra constitución, dentro de los cuales vale destacar el de la Seguridad Social, la Salud Integral y la Atención a las Personas Envejecientes.

El superintendente debe entender que la función de la Superintendencia de Pensiones no es similar a la del Gobernador del Banco Central o del Ministro de Hacienda, que él tiene la responsabilidad por cumplir con la responsabilidad del Estado, tal y como lo señala explícitamente el Artículo 106 de la Ley 87-01 que se refiere a la Garantía del Estado Dominicano y establece que “El Estado Dominicano, a través del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), es el garante final del adecuado funcionamiento del sistema previsional, de su desarrollo, evaluación y readecuación periódicas, así como del otorgamiento de las pensiones a todos los afiliados. Además, tiene la responsabilidad inalienable de adoptar todas las previsiones y acciones que establece la presente ley y sus normas complementarias, a fin de asegurar el cabal cumplimiento de sus objetivos sociales.”

Este artículo es muy claro y los funcionarios parecen olvidar sus precisiones. El artículo 106 continúa diciendo: “En consecuencia, será responsable ante la sociedad dominicana de cualquier falla, incumplimiento e imprevisión en que incurra cualquiera de las instituciones públicas, privadas o mixtas que lo integran, debiendo, en última instancia, resarcir adecuadamente a los afiliados por cualquier daño que una falta de supervisión, control y monitoreo pudiese ocasionarle.”

Parecería que los funcionarios de la seguridad social olvidan el para qué ocupan una determinada posición y su responsabilidad con el Estado y con la Sociedad en impulsar el Estado de Derechos al que deben servir.

El Artículo 107, que trata sobre la Creación de la Superintendencia de Pensiones señala que “Se crea la Superintendencia de Pensiones como una entidad estatal, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para que a nombre y representación del Estado Dominicano ejerza a plenitud, la función de velar por el estricto cumplimiento de la presente ley y de sus normas complementarias en su área de incumbencia, de proteger los intereses de los afiliados, de vigilar la solvencia financiera de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y de contribuir a fortalecer el sistema previsional dominicano. Está facultada para contratar, demandar y ser demandada y será fiscalizada por la Contraloría General de la República y/o la Cámara de Cuentas sólo en lo concerniente al examen de sus ingresos y gastos.”

Al parecer la SIPEN ha olvidado su responsabilidad de proteger los intereses y derechos de las
personas afiliadas y ha asumido, desde el inicio de sus operaciones, los aspectos financieros del sistema y en especial la defensa y promoción de los intereses de las AFP.

El fracasado sistema de capitalización individual ha demostrado que a pesar de todas sus bondades financieras y contribuciones a la macro economía y aumento del ahorro nacional (producto de que es
un ahorro obligatorio), no tiene forma de corresponder a los derechos e intereses de las personas afiliadas.

La Coalición por la Seguridad Social Digna ha presentado su propuesta de un nuevo sistema de pensiones basado en un modelo de reparto moderno, con el cual la población tenga la certeza de protección cuando lo necesite.

Recientemente el presidente del Senado dijo que la modificación de la Seguridad Social será aprobada en esta nueva legislatura.

La sociedad espera que esta reforma, no sea como la que se hizo con la Ley 13-20, de fecha 6 de febrero del año 2020, en la cual se le explicó al pueblo dominicano que se disminuirían los beneficios que obtenían las AFP de sus operaciones y pese a que se les advirtió que lo que se proponía tendría un resultado contrario, aprobaron el texto propuesto teniendo tristemente para la población, el resultado que se había denunciado, a partir de esta última modificación las AFP obtienen más ganancias y no tienen ninguna presión como tenían antes, de obtener mayores rentabilidades.

Los funcionarios deben asumir su responsabilidad y dejar de hacerse los graciosos con los negocios insertados en la Seguridad Social, actuando como si fueran sus voceros.
El Estado es garante de los derechos fundamentales, tales como la Seguridad Social, la Salud Integral y la Atención a las Personas Envejecientes.

(*) (Psicólogo, Consultor en Gestión de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional.
Activista Social).

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