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Directora DIDA acude a CD para hablar de obstáculos impiden se aplique Ley 87-01

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LEG_2353La Comisión Especial designada por el Pleno de la Cámara de Diputados para estudiar la problemática del Sistema Previsional y la Ley 87-01, llamó a la titular de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Nélsida Marmolejos, para conocer los principales obstáculos que impiden la aplicación de esta legislación.

Marmolejos asistió a la Cámara acompañada por la encargada del departamento de Orientación y Defensoría, Maribel Oleaga, de la encargada del departamento Jurídico, Marlen Berroa, de la subencargada de ese departamento, Rosa Muñoz, las orientadoras de seguridad social, Carolina Cáceres y Caroline Velazquez, Juan Beriguete, asesor técnico, el relacionista público Ramón Paulino y la encargada de Comunicación Nexcy de León.

La reunión se llevó a cabo en el salón Héctor Rafael Peguero Méndez con la asistencia de la casi totalidad de los legisladores integrantes de la Comisión, entre los que se encontraban además de Ramón Cabrera, Miguel Peguero Méndez, Juan Carlos Quiñónez, José Altagracia González Sánchez, María Mercedes Fernández, Radhamés Camacho, Mario José Hidalgo, Noris Medina, Ramón Durán Paredes, Alejandro Pérez Espinal, Fabio Ernesto Vargas Matos, María Mercedes Fernández y Demóstenes William Martínez.

Cabrera introdujo el encuentro de trabajo explicando las razones que han motivado al Congreso de la República a valorar la pertinencia de introducir modificaciones a la ley 87-01 que la hagan más efectiva y se fortalezca su sentido de equidad.

Marmolejos saludó la iniciativa de los legisladores y dijo que por su naturaleza, las leyes de seguridad social, en los países donde existen sistemas de protección a la población, son flexibles para que se puedan hacer las modificaciones necesarias cada vez que haya que incluir beneficios o prestaciones favorables a los afiliados.

La funcionaria y su equipo presentaron a los diputados miembros de la Comisión especial, una relación detallada de las incongruencias y las contradicciones contenidas en la ley 87-01 en los acápites concernientes al Seguro de Pensión que dificultan su aplicabilidad y sentido de equidad aspectos que la legislación esta llamada a resolver en los órdenes administrativos, estructurales y prestaciones a recibir por los afiliados.